Demos gracias por la beatificación de Juan Pablo II

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Demos gracias por la beatificación de Juan Pablo II

Notapor eduarod » Lun May 02, 2011 1:07 am

Estimados hermanos en Cristo:

Con mucha alegría quisiera compartir con ustedes este momento tan especial, y les invito a dar gracias a Dios por ello.
Algo que me dió mucho gusto es enterarme de que, en vista de la situación tan particular del ahora Beato Juan Pablo II, la Iglesia ha considerado posibilidades excepcionales para que su culto no quede restringido estrictamente a la diócesis de Roma y las de Polonia, sino que se da un año para misas en acción de gracias en todo el mundo por la beatificación, y con la debida autorización, la fiesta puede inscribirse en el calendario de otras diócesis o institutos y hasta pueden dedicarse iglesias a Dios en honor del nuevo beato:
http://www.vatican.va/roman_curia/congregations/ccdds/documents/rc_con_ccdds_doc_20110402_dec-gpii_sp.html

Saludos y bendiciones a todos.
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Re: Demos gracias por la beatificación de Juan Pablo II

Notapor miles_dei » Lun May 02, 2011 3:52 am

y hasta pueden dedicarse iglesias a Dios en honor del nuevo beato:


A todos los beatos en donde están inscritos en el calendario local se les puede dedicar una Iglesia.

En los demás sitiso no se dedican con la debida autorización, sino con el indulto de la Santa Sede. Porque el acto de dedicar una Iglesia a un beato fuera del ámbito local de culto permitido es contra derecho y por tanto ilegal canónicamente. Es un matiz importante porque es el mismo ritual de dedicación de una Iglesia el que dice que un beato no puede ser titular de una Igleisa salvo un indulto especial de la Santa Sede. En este punto en concreto tampoco se concede nada especial, sino que es algo vigente para cualquier beato. El derecho canónico afirma en el canon 1217 que impera la ley litúrgica en la dedicación de una Iglesia. Litúrgicamente el culto local permitido al beato no puede imponerse de modo universal dedicándoles Iglesias por todo el mundo más allá de allí donde está reconocido su culto en el calendario particular, que no es válido para toda la Iglesia universal. De ahí la necesidad de un indulto al respecto.


Y desde luego no se ha hecho nada extraordinario por la Santa Sede, sino actuar conforme a derecho dada la ingente cantidad de peticiones (que es lo extraordinario en este caso) que si están previstas en el derecho. Como el mismo documento de la Santa Sede señala: "según los lugares y los modos establecidos por el derecho, esta Congregación para el culto divino y la disciplina de los sacramentos se apresura a comunicar cuanto se ha dispuesto al respecto"

El dar gracias por el nuevo beato no nos puede llevar a que la fiesta, por falta de formación en el apercibimiento popular, prescinda del derecho y la disciplina de la Iglesia en el culto permitido al nuevo beato (lo que sería algo indigno de aquel a quien se da gracias y de la beatificación de aquel por el que se dan) y estas cosas creo que deben ser ocasión de formar a los fieles en lo que verdaderamente significa una beatificación y una canonización más allá de la fiesta. El hecho de que sea un indulto y no una autorización lo necesario para erigir un beato como titular es muy significativo a este respecto, como ya he señalado. Así como el saber ubicar las consecuciones que se hacen que radican no en una acción extraordinaria de la Santa Sede, sino en lo extraordinario de que se reciban peticiones de todo el mundo de modo ingente para dar culto a un beato.
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Re: Demos gracias por la beatificación de Juan Pablo II

Notapor miles_dei » Lun May 02, 2011 4:01 am

Para los que no comprendan bien la distinción entre autorización e indulto diremos que en una acción legal permitida se solicita autorización para hacerla, pero en una acción que no es legal, esto es que va contra derecho, sólo se puede realizar por un indulto, que es un acto que reconoce la ilegalidad de la acción pero la permite no aplicando sanción alguna ni dando a entender que pueda repetirse de nuevo sin el correspondiente indulto.

En estos casos el indulto siempre es un acto que surge de la misericordia de la suprema potestad en la Iglesia (El Papa como cabeza del colegio apostólico), que permite cosas contra derecho por el bien de los fieles y para aumentar su caridad (caso de la dedicación de una Iglesia a un beato) o para evitar que caigan en males mayores (caso del indulto de la comunión en la mano) porque la ley suprema por la que se rige la Iglesia es la salvación de las almas.
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Re: Demos gracias por la beatificación de Juan Pablo II

Notapor rober 120 » Lun May 02, 2011 4:52 am

Ahora tengo yo un pregunta:
¿En qué Iglesia particular se permite que se le dedique una Iglesia al Beato Juan Pablo II?
Porque este hombre ha viajado por todos lados... ¿Es la diócesis de Roma? ¿Es en Polonia?...
"Introibo ad altare Dei.
Ad Deum qui laetificat juventutem meam."


"Me acercaré al Altar de Dios.
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Re: Demos gracias por la beatificación de Juan Pablo II

Notapor miles_dei » Lun May 02, 2011 5:05 am

En cuanto murió como Pontífice de la Iglesia su iglesia particular es la diócesis de Roma. Por atención especial a su lugar de origen se considera a Polonia el otro lugar propio para el culto local al beato. El mismo documento lo dice:

Inscripción del nuevo beato en los calendarios particulares

Se dispone que en el calendario propio de la diócesis de Roma y de las diócesis de Polonia, la celebración del beato Juan Pablo II, Papa, se inscriba el 22 de octubre y se celebre cada año como memoria.


O sea, es memoria sólo en esos sitios para el culto local permitido propio de los beatos. Sólo los santos canonizados pueden tener memoria impuesta en todo el orbe católico. Permisión local del culto e imposición universal del mismo es el otro matiz importante que separa a un beato de un santo canonizado.

Luego, como se prevee en el derecho para todo beato, por circustancias pastorales pueden otras localidades pedir la inscripción del beato en sus calendarios para lo cual deben pedirlo a la Santa Sede a la congregación para el Culto Divino y los Sacramentos.

En cuanto a los demás calendarios propios, la petición de inscripción de la memoria facultativa del beato Juan Pablo II podrán presentarla a esta Congregación las Conferencias episcopales para su territorio, el obispo diocesano para su diócesis, y el superior general para su familia religiosa.



Una vez que el culto está permitido en el calendario particular de una diócesis, se le puede dedicar una Iglesia y pedir indulto si no lo está. Es un hecho distinto e independiente de los sitios por los que haya viajado el beato y que depende de la expansión del culto al mismo.
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Re: Demos gracias por la beatificación de Juan Pablo II

Notapor eduarod » Lun May 02, 2011 11:45 am

rober 120 escribió:Ahora tengo yo un pregunta:
¿En qué Iglesia particular se permite que se le dedique una Iglesia al Beato Juan Pablo II?
Porque este hombre ha viajado por todos lados... ¿Es la diócesis de Roma? ¿Es en Polonia?...

Estimado en Cristo rober 120:

En efecto, como comienza el documento al que se ha hecho referencia, la beatificación de Juan Pablo II "reviste un carácter excepcional, reconocido por toda la Iglesia católica esparcida por el mundo entero". Y buena parte de ello es precisamente esto que mencionas de los viajes, que es uno de los factores más importantes que han determinado que en muchos lugares se le tenga tan cercano y exista el deseo extendido de agradecer a Dios y darle el debido culto de veneración tanto como en los lugares donde ejerció primariamente su ministerio (en Polonia y posteriormente en Roma).
Es en reconcimiento de esta situación tan especial que se ha otorgado ese permiso de celebrar misas de acción de Gracias en todo el orbe; y es también por ello que se recuerdan los mecanismos apropiados para la muy deseada inclusión del Beato Juan Pablo II en los calendarios particulares de diócesis e institutos, y para la dedicación de Iglesias.

Que Dios te bendiga
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Re: Demos gracias por la beatificación de Juan Pablo II

Notapor eduarod » Lun May 02, 2011 12:02 pm

Estimados hermanos en Cristo:

Por cierto, la idea de indulto que se ha dado en algunos aportes de este tema es bastante inexacta, dando a entender casi que se trata de algo ilícito a lo que "se permite" meramente quitando la pena normalmente impuesta. Creo que se puede obtener una mucho mejor apreciación de lo que es un indulto leyendo el artículo correspondiente de la enciclopedia católica:
http://ec.aciprensa.com/wiki/Indulto_pontificio
donde se ve que el indulto es más bien como una concesión o privielgio, que formalmente se otorga como una facultad a un obispo para realizar algo no permitido por el derecho común. Evidentemente el indulto se otorga en particular y entonces resulta obvio que nadie que no lo tenga puede violentar lo que el derecho común sigue prescribiendo para todos los demás a quienes el indulto no ha sido concedido. Pero es evidente también que, si ha alguien ha sido dada esa facultad, entonces lo que se haga por medio de ella ya NO ES ILÍCITO. No se trata entonces de "algo malo no castigado", sino se trata de que la disposición general no es tan buena o aplicable en las situaciones particulares que han determinado que el indulto sea concedido.
En este caso es evidente que la situación de excepcionalidad por la que en muchos sitios se desea legítimamente dar culto al nuevo Beato hace que la disposición general del derecho común no sea buena o aplicable en todos lados, y es por eso que la Iglesia recuerda la posibilidad de obtener indultos al respecto.

Saludos y bendiciones
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Re: Demos gracias por la beatificación de Juan Pablo II

Notapor miles_dei » Lun May 02, 2011 12:17 pm

¿Donde está la inexactitud? Más bien creo que está en ti, Eduarod, que introduces un término en mayúsculas "ilicitud" seguido de un término ajeno a derecho y que entrecomillas "algo malo". Son cosas que nadie ha puesto sobre la mesa. Una cosa es accion ilegal, pero lícita por tener indulto y otra una acción ilegal e ilícita.

Puedes comparar las definiciones si lo has hecho a la ligera.




donde se ve que el indulto es más bien como una concesión o privielgio, que formalmente se otorga como una facultad a un obispo para realizar algo no permitido por el derecho común



pero en una acción que no es legal, esto es que va contra derecho, sólo se puede realizar por un indulto, que es un acto que reconoce la ilegalidad de la acción pero la permite no aplicando sanción alguna ni dando a entender que pueda repetirse de nuevo sin el correspondiente indulto.


Y terminar de compararla con esto que añade la referencia que pusiste:

Un indulto o privilegio difiere de una dispensa, ya que el primero hace una concesión permanente (no necesariamente perpetua) concesión, mientras que el segundo se da en un caso particular, fuera del cual permanece la obligación de observar la ley
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Re: Demos gracias por la beatificación de Juan Pablo II

Notapor Ictus » Lun May 02, 2011 8:14 pm

Demos gracias a Dios por la beatificación de Juan Pablo II
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Re: Demos gracias por la beatificación de Juan Pablo II

Notapor miles_dei » Mar May 03, 2011 1:54 am

Demos gracias por ello y formemos a la gente.
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