Buenas noches Hermanos en la fe, mi pregunta es la siguiente:
Si el Sacerdote de mi parroquia absolvió mis pecados pasados mediante una absolución general, (esto debido a que salimos a carretera en un largo peregrinar, supongo que por el peligro que ello conlleva), ¿Es necesario que en mi próxima confesión particular mencione estos pecados al sacerdote? ¿Aún cuando en la absolución general hallan sido perdonados?... otra pregunta... recibí una indulgencia plenaria que ofrecí por mi padre muerto hace algunos años... ¿Fué válida dicha indulgencia tomando en cuenta que no hubo confesión particular de mi parte?... muchas gracias de antemano, Dios los bendiga