Documento de la CEE sobre la piratería.

Los diez mandamientos son resumen y proclaman la ley de Dios. Son un don de Dios a la humanidad, para que conozcamos su Santa Voluntad. La conciencia moral ordena a la persona, «en el momento oportuno, practicar el bien y evitar el mal. Juzga también las opciones concretas aprobando las que son buenas y denunciando las que son malas, es decir, la posibilidad de ver nuestros propios actos en relación con los planes de Dios. Estos foros son un espacio para discutir, aclarar, consultar y aprender a vivir de acuerdo con la voluntad de Dios, guiados por su gracia y para promover una buena formación de la conciencia

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Documento de la CEE sobre la piratería.

Notapor Campeador » Jue May 05, 2016 10:36 am

Hace un par de días, la CEMCS de la Conferencia Episcopal Española, sacaba este documento (aquí la noticia http://www.salvadmereina.org/noticias-1/noticias-religiosas/27614-los-obispos-de-la-cemcs-publican-un-documento-sobre-la-pirater%C3%ADa-en-el-cine ) sobre la piratería.
Ya sé que este tema se ha hablado muchas veces en el foro, pero me gustaría saber si esta vz constituye una condena por parte de la Iglesia. Y, supongo, que está condena no sólo se limitaría al cine, sino a todo medio que se distribuye por internet (música, libros, etc).
Yo siempre me incliné al tema de las descargas como algo que, si bien no es correcto del todo, no es pecado ya que no causa ni perjuicio ni beneficio a los autores de la obra. A ver sibalguien lo pudiera aclarar.
Gracias.
Gloria in excelsis Deo, et in terra pax hominibus bonae voluntatis. Laudamus te. Benedicimus te. Adoramuste te. Glorificamus te. Gratias agimus tibi propter magnam gloriam tuam.

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Re: Documento de la CEE sobre la piratería.

Notapor Campeador » Jue May 05, 2016 10:37 am

Gloria in excelsis Deo, et in terra pax hominibus bonae voluntatis. Laudamus te. Benedicimus te. Adoramuste te. Glorificamus te. Gratias agimus tibi propter magnam gloriam tuam.

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Re: Documento de la CEE sobre la piratería.

Notapor Ariel » Vie May 13, 2016 1:24 am

Campeador escribió:Hace un par de días, la CEMCS de la Conferencia Episcopal Española, sacaba este documento (aquí la noticia http://www.salvadmereina.org/noticias-1/noticias-religiosas/27614-los-obispos-de-la-cemcs-publican-un-documento-sobre-la-pirater%C3%ADa-en-el-cine ) sobre la piratería.
Ya sé que este tema se ha hablado muchas veces en el foro, pero me gustaría saber si esta vz constituye una condena por parte de la Iglesia. Y, supongo, que está condena no sólo se limitaría al cine, sino a todo medio que se distribuye por internet (música, libros, etc).
Yo siempre me incliné al tema de las descargas como algo que, si bien no es correcto del todo, no es pecado ya que no causa ni perjuicio ni beneficio a los autores de la obra. A ver sibalguien lo pudiera aclarar.
Gracias.


¡Hola Campeador! :)

Yo creo que la Conferencia Episcopal Española tiene autoridad dentro de la Iglesia como para hablar de temas morales, como lo pueden tener otras conferencias episcopales de otros países del mundo. Y leyendo el documento, viene a reafirmar lo que se venía aclarando aquí en el foro, que la piratería digital es pecado. Lo nuevo que aclara la CEE es que también el consumidor de ese material y no solo el que lo distribuye contribuye al daño moral.

El documento habla del cine, pero también en un párrafo del mismo hace extensivo que el daño es producido por otros actos de piratería digital, tal como los programas, los videojuegos (que también son programas), y las señales audiovisuales.

Desde el punto de vista moral, la CEE lo resumió en los siguientes puntos:

En primer lugar, la piratería en el cine atenta contra los derechos legítimos de esta industria, directa o indirectamente, y contra su legítima aspiración al beneficio económico, y por tanto incurre en un pecado contra el 7º mandamiento de la Ley de Dios que dice “no robarás”. La doctrina de la Iglesia sobre esa cuestión está explicada en el Catecismo de la Iglesia Católica (n. 2.409), donde se afirma que “toda forma de tomar o retener injustamente el bien ajeno, aunque no contradiga las disposiciones de la ley civil, es contraria al séptimo mandamiento, […] como defraudar en el ejercicio del comercio (cf. Dt 25, 13-16)”. Además, como ha quedado dicho, el daño que se realiza a la parte que distribuye los contenidos cinematográficos se extiende también a la parte de la industria dedicada a la creación. Se trata por tanto de un pecado contra la virtud de la justicia que “consiste en la constante y firme voluntad de dar a Dios y al prójimo lo que le es debido” y exige “respetar los derechos de cada uno y establecer en las relaciones humanas la armonía que promueve la equidad respecto a las personas y al bien común”[9].


En segundo lugar, se inflige un daño al bien común de la sociedad, en cuanto que se daña una industria que está llamada a contribuir a su difusión y su consecución. El bien común, principio fundamental de la Doctrina Social de la Iglesia, es el conjunto de aquellas condiciones de la vida social que permiten a los grupos y a cada uno de sus miembros conseguir más plena y fácilmente su propia perfección[10]. El cine es una industria cultural que contribuye al bien común por medio de la reflexión, el diálogo, la exposición de ideas o de puntos de vista alternativos, la descripción de la naturaleza humana y de su dignidad, etc. Dañar un cauce por el que pueden fluir las mejores ideas para el desarrollo social y por tanto limitar a sus miembros el acceso a un bien común posible es atentar contra el bien común de la sociedad y facilitar su alienación. Como dice Juan Pablo II, “está alienada una sociedad que, en sus formas de organización social, de producción y consumo, hace más difícil la realización de esta donación y la formación de esa solidaridad interhumana” (CA, 41).


En tercer lugar, no se puede olvidar que la piratería introduce también una forma de actuar ligada al consumo por el consumo que daña al ser humano en su esencial dignidad. “Nos extasiamos –dice el Papa Francisco- con las inmensas posibilidades de consumo y de distracción que ofrece esta sociedad. Así se produce una especie de alienación que nos afecta a todos” (EG, 196). El deseo de poseer los bienes ajenos, por encima de cualquier limitación y derecho, está relacionado con el décimo mandamiento de la ley de Dios que prohíbe la codicia de estos bienes, que está en la “raíz del robo, de la rapiña y del fraude, prohibidos por el séptimo mandamiento” (CEC 2534). En la medida en que la posesión de esos bienes anula la libre orientación al bien y a la virtud, afecta a la dignidad de la persona y la limita en su humanidad.



Bendiciones.
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