Una duda

Si tienes inquietudes por la vida religiosa o consagrada... Si eres sacerdote, religioso/a, seminarista, novicia, y te gusta acompañar a otros en su discernimiento vocacional... Si fuiste religioso (a) y después descubriste que no era tu vocación... Si necesitas ayuda para discernir tu vocación o quieres ayudar a otros, este espacio es para ti

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Una duda

Notapor zagalico » Lun May 25, 2015 4:07 am

Paz y Bien:

Quisiera preguntar una cosa:

Una persona se ha casado sólo por lo civil en su país de origen y emigra con su esposa a otro país. Allí siente el llamado al sacerdocio. Se divorcia en ese país adonde emigró y no registra el divorcio en su país de origen porque le sale muy costoso. ¿Es necesario, según el Derecho Canónico, presentar a las autoridades eclesiásticas los dos certificados de divorcio o sólo el original que es donde se divorció? Pregunto, porque el certificado de divorcio del país de origen sería una copia del certificado enviado desde el país donde se divorció, y pedir dicho certificado le cuesta muchísimo dinero para su situación económica actual. ¿Según el Derecho Canónico haría falta ese certificado también o con el original es suficiente? ¿Qué respuesta da a esta situación el Derecho Canónico?

Muchas gracias.
zagalico
 
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