Declaración Gravissimum EducationisLa declaración Gravissimum Educationis es la declaración del Concilio Vaticano II sobre la educación cristiana. Fue promulgada por el Papa Pablo VI el 28 de octubre de 1965 luego de que fuera aprobada con 2290 placet y sólo 35 non placet.
Está compuesta de un proemio, una conclusión, y doce párrafos donde se tratan las siguientes materias:
* Derecho universal a la educación y su noción
* La educación cristiana
* Los educadores
* Varios medios para la educación cristiana
* La Importancia de la escuela
* Obligaciones y derechos de los padres
* La educación moral y religiosa en todas las escuelas
* Las escuelas católicas
* Diversas clases de escuelas católicas
* Facultades y universidades católicas
* Facultades de Ciencias Sagradas
* La coordinación escolar
La declaración comienza afirmando la importancia de la educación cristiana en la vida de la persona y su influencia en el progreso de la sociedad. Se denuncia que aún hay muchos niños y jóvenes carentes de una educación conveniente y se fundamenta el porqué la Iglesia debe ocuparse de la educación recurriendo a la idea de la maternidad de la Iglesia, su deber y misión de anunciar el evangelio.
De esta manera declara que los niños y los adolescentes tienen derecho a la educación fundado su dignidad como persona humana, a que se les estimule a apreciar con recta conciencia los valores morales y a aceptarlos con adhesión personal, y también a que se les estimule a conocer y a amar más a Dios. Todo ello en orden a la formación y a alcanzar la madurez considerada integralmente, y al bien común. También busca que los bautizados se hagan más conscientes cada día del don de la fe, mientras son iniciados gradualmente en el conocimiento del misterio de la salvación.
Por lo que respecta a los educadores, los responsables son en primer lugar y en forma preferente los padres, subsidiariamente el Estado y de forma específica la Iglesia. Es, por tanto, un deber y un derecho de los padres, que debe estar garantizado por los poderes públicos, gozar de absoluta libertad para escoger tanto la escuela, como el tipo de educación moral y religiosa que deseen para sus hijos, de contar con los agentes educativos que deseen y de crear escuelas e institutos propios. El Estado debe respetar los derechos y deberes de los padres y ha de actuar en el campo educativo evitando el estatismo y aplicando el principio de subsidiariedad conforme a los principios de libertad religiosa inclusive en las escuelas no-católicas.
Por lo que respecta a la Iglesia, ésta tiene el derecho y el deber de anunciar a todos los hombres el camino de la salvación, de dar a sus hijos una educación que llene su vida del espíritu de Cristo, y ayudar a todos los pueblos a promover la perfección humana de la persona y el bien de la sociedad.
Como medios imprescindibles para la educación cristiana, junto con la instrucción catequética, la liturgia, los medios de comunicación social, los grupos culturales y deportivos, y las asociaciones juveniles, están las escuelas. Es más, a decir de la Gravissimum Educationis, el medio de mayor importancia es la escuela. Una escuela en la que la función de los maestros y profesores católicos es un verdadero apostolado, conveniente y necesario en nuestros tiempos y un verdadero servicio prestado a la sociedad, además de ser presencia de la Iglesia en el mundo de hoy. Exhorta al fomento de la colaboración y la coordinación entre la escuela católica y las demás escuelas, como exige el bien común.
Las facultades y universidades católicas también ocupan un lugar importante en la declaración y figuran entre las más queridas de la Iglesia, ya que gracias a ellas queda asegurada la presencia del pensamiento cristiano en la sociedad.
Lecturas complementarias¿En qué medida una escuela o una universidad pueden ser calificadas como católicas?
http://www.es.catholic.net/educadorescatolicos/693/2399/articulo.php?id=56435Congreso 50 años del Concilio Vaticano II – UPSA
http://www.es.catholic.net/educadorescatolicos/753/3303/articulo.php?id=56431Sagrada Congregación para la educación católica, La escuela católica, 19-04-1977
http://www.vatican.va/roman_curia/congregations/ccatheduc/documents/rc_con_ccatheduc_doc_19770319_catholic-school_sp.htmlSagrada Congregación para la educación católica, El laico católico, testigo de la fe en la escuela, 15-10-1982
http://www.vatican.va/roman_curia/congregations/ccatheduc/documents/rc_con_ccatheduc_doc_19821015_lay-catholics_sp.htmlDeclaración Nostra AetateLa declaración Nostra Aetate es la declaración conciliar que aborda las relaciones de la Iglesia con las religiones no cristianas, y es por tanto considerada la brújula del diálogo interreligioso. A pesar de ser el documento más breve del Concilio fue uno de los más ardorosamente discutidos. El Papa Pablo VI la promulgó oficialmente el 28 de Octubre de 1965 con un resultado de 2221 placet, 88 non placet y 3 votos nulos.
La declaración no se propone exponer la visión teológica católica sobre las religiones no cristianas (52). Los principios doctrinales en que se fundamenta, han de buscarse, más bien, en el capítulo 2 de la Constitución Dogmática sobre la Iglesia (53). Tampoco es su propósito hacer una descripción completa y detallada de las religiones a las que se refiere. Su finalidad es básicamente de índole práctico o pastoral. Se trata principalmente de demostrar lo que los hombres de distintas religiones tienen en común para promover el diálogo y la colaboración entre todos.
Esto no hace sin embargo, que el texto pierda importancia, ya que como subrayaba el cardenal Agustín Bea (54), ésta es la primera vez en la historia de la Iglesia que un Concilio expone tan solemnemente unos principios a este respecto.
ComposiciónEstá compuesta por un proemio y tres secciones donde se abordan:
* Las diversas religiones no cristianas
* La religión del Islam
* La religión judía
Las religiones no cristianasEn esta sección se mencionan religiones como el hinduismo y el budismo entre otras, y como dichas religiones se esfuerzan en responder inclusive mediante una cantidad fecunda de mitos los interrogantes e inquietudes del corazón humano, proponiendo caminos y formas de vida. Añade también que si bien la Iglesia que es depositaria de la plenitud de la Revelación "no rechaza nada de lo que en estas religiones hay de santo y verdadero. Considera con sincero respeto los modos de obrar y de vivir, los preceptos y doctrinas que, por más que discrepen en mucho de lo que ella profesa y enseña".
El IslamRespecto al Islam el Concilio afirma que "la Iglesia mira también con aprecio y los musulmanes que adoran al único Dios, viviente y subsistente, misericordioso y todo poderoso" (55) e invita a que "olvidando lo pasado, procuren y promuevan unidos la justicia social, los bienes morales, la paz y la libertad para todos los hombres" (56).
Es importante resaltar que el reconocer que los musulmanes adoran al mismo Dios de los cristianos no debe entenderse como un reconocimiento de parte de la Iglesia que el conocimiento de los musulmanes de Dios no es limitado e inexacto. A este respecto al Papa Juan Pablo II, en su libro Cruzando el Umbral de Esperanza aclaraba:
"Cualquiera que, conociendo el Antiguo y el Nuevo Testamento, lee el Corán, ve con claridad el proceso de reducción de la Divina Revelación que en él se lleva a cabo. Es imposible no advertir el alejamiento de lo que Dios ha dicho de Sí mismo, primero en el Antiguo Testamento por medio de los profetas y luego de modo definitivo en el Nuevo Testamento por medio de Su Hijo. Toda esa riqueza de la autorrevelación de Dios, que constituye el patrimonio del Antiguo y del Nuevo Testamento, en el islamismo ha sido de hecho abandonada. Al Dios del Corán se le dan unos nombres que están entre los más bellos que conoce el lenguaje humano, pero en definitiva es un Dios que está fuera del mundo, un Dios que es sólo Majestad, nunca el Emmanuel, Dios-con-nosotros.
El islamismo no es una religión de redención. No hay sitio en él para la Cruz y la Resurrección. Jesús es mencionado, pero sólo como profeta preparador del último profeta, Mahoma. También María es recordada, Su Madre virginal; pero está completamente ausente el drama de la Redención. Por eso, no solamente la teología, sino también la antropología del Islam, están muy lejos de la cristiana."
La finalidad de esta sección se centra por tanto, en invitar a cristianos y musulmanes a vivir en armonía por medio de una tolerancia respetuosa, dejando atrás los conflictos que han tenido en el pasado.
El JudaismoRespecto la religión judía son muchas las riquezas que la Nostra Aetate nos trae en su número 4, tal como explicó el Papa Juan Pablo II, y mencionaba principalmente 3:
El primero es que la Iglesia de Cristo descubre su "relación" con el Judaísmo "escrutando su propio misterio". La religión judía no nos es "extrínseca", sino que en cierto modo, es "intrínseca" a nuestra religión. Por tanto tenemos con ella relaciones que no tenemos con ninguna otra religión. Son nuestros hermanos predilectos y en cierto modo se podría decir nuestros hermanos mayores.
El segundo punto que pone de relieve el Concilio es que a los judíos como pueblo, no se les puede imputar culpa alguna atávica o colectiva, por lo que "se hizo en la pasión de Jesús". Ni indistintamente a los judíos de aquel tiempo, ni a los que han venido después, ni a los de ahora. Por tanto, resulta inconsistente toda pretendida justificación teológica de medidas discriminatorias o, peor todavía, persecutorias. El Señor juzgará a cada uno "según las propias obras", a los judíos y a los cristianos (cf. Rom 2,6).
El tercer punto de la Declaración conciliar que ha subrayado el Papa es consecuencia del segundo; no es lícito decir, no obstante la conciencia que la Iglesia tiene de la propia identidad, que los judíos son "réprobos o malditos", como si ello fuera enseñado o pudiera deducirse de las Sagradas Escrituras del Antiguo Testamento o del Nuevo Testamento. Más aún, reiteraba el Papa, respecto a esa mismo texto de la Nostra Aetate, también en la Constitución dogmática "Lumen gentium" (6) citando la Carta de San Pablo a los Romanos (11, 28 s.), que los judíos "permanecen muy queridos por Dios", que los ha llamado con una "vocación irrevocable".
BibliografíaConferencia Episcopal Española
Concilio Ecuménico Vaticano II, Constituciones, Decretos y declaraciones
Biblioteca de Autores Cristianos, 526
Juan Pablo II, Discurso del Santo Padre en la Sinagoga de Roma, 13 de abril 1986
Notas:52 Act. Syn. III, BIII, 644; IV, IV, 706
53 Lumen Gentium 16
54 El Cardenal Agustín Bea fue una figura clave durante el Concilio Vaticano II, de influencia decisiva en las relaciones ecuménicas de la Iglesia católica en la etapa conciliar y post-conciliar. Fue catedrático en la Pontificia Universidad Gregoriana, especialista en exégesis bíblica y arqueología bíblica. Sirvió al papa Pío XII como su confesor durante trece años y se le acreditó un influjo crucial en la redacción de la encíclica Divino Afflante Spiritu. En 1959, el papa Juan XXIII lo creó cardenal de la Iglesia católica.Su influencia como Padre conciliar en el Concilio Vaticano II fue decisiva, particularmente en la conformación de documentos críticos como Dei Verbum y Nostra Aetate.
55
56 Nostrae Aetate 3
Preguntas de reflexión que debes responder en los foros del cursoAntes de responder estas preguntas se recomienda leer:
Gravissimum Educationis
http://www.vatican.va/archive/hist_councils/ii_vatican_council/documents/vat-ii_decl_19651028_gravissimum-educationis_sp.htmlNostra Aetate
http://www.vatican.va/archive/hist_councils/ii_vatican_council/documents/vat-ii_decl_19651028_nostra-aetate_sp.html1. ¿Qué tema aborda la declaración Gravissimum Educationis?
2. Según la Gravissimum Educationis ¿Qué derecho tienen los niños y adolecentes fundado en su dignidad de persona humana?
3. ¿Sobre quien recae principalmente la responsabilidad de la educación de los niños y adolescentes?
4. ¿Cuál es el derecho de los padres según la Gravissimum Educationis, y cual el deber de los poderes públicos?
5. ¿Qué enseña la Nostra Aetate respecto a las religiones no cristianas?
6. ¿Se equiparan las religiones no cristianas con la única religión verdadera según la Nostra Aetate?
7. ¿A que invita el Concilio respecto a las relaciones y diálogo interreligioso con los musulmanes?
8. ¿Son los judíos culpables como colectivo y sus descendientes de la muerte de Cristo en la cruz?
Foros del curso
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http://www.es.catholic.net/consultas/consulta.php?id=239&com=1%3Cbr%3EEscucha y descarga el audio de esta lección.Este servicio es posible gracias a la colaboración de Mauricio Israel Pérez director de semillasparalavida.org
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