Tema 7: Declaraciones, Parte II: Dignitatis Humanae.

El Papa Benedicto XVI ha pedido que durante este año se reconozca La vigencia y valor del Concilio Vaticano II y se profundice en el conocimiento de sus principales documentos. Acudiendo a la solicitud del Santo padre presentamos:

Curso: Para conocer el Concilio Vaticano II

Objetivo: Conocer y profundizar sobre el contenido y la recta interpretación de los documentos del Concilio Vaticano II.

Fecha de inicio: 13 de Octubre de 2012
Fecha final: 19 enero de 2013

Autor y asesor del curso: José Miguel
Director del sitio web Apologeticacatolica.org

Moderadores: monik, Catholic.net, josé miguel arráiz, Ikari, Moderadores Animadores

Re: Tema 7: Declaraciones, Parte II: Dignitatis Humanae.

Notapor Norma Angelica Islas » Lun Dic 03, 2012 8:40 am

1. ¿A qué tipo de libertad religiosa se refiere la Dignitatis Humanae?
A la libertad de cumplir la obligación que tenemos de rendirle culto a Dios, nuestro creador. Y a la libertad de que el estado no puede obligar en cuestiones de religión, es decir no se le puede impedir profesar su fe en público o privarlo de esta acción siempre y cuando no perturbe el orden público o agreda el derecho ajeno.
2. ¿Se deduce de la Dignitatis Humanae que las demás religiones tienen los mismos derechos que la religión verdadera?
Si puesto que el derecho a la libertad de religión es en función de toda creencia siempre y cuando no altere el orden público, además de que la Dignitatis Humanae también promueve la libertad a la búsqueda de la verdad y es ahí donde entra la libertad de sguir la verdadera religión.
3. ¿Cuáles son los límites de la libertad religiosa según la Dignitatis Humanae?
El límite es cuando se llega a alterar el orden público, si se lesiona a terceros y se viola su derecho ajeno, en ese momento la libertad de religión tine el límite.
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Re: Tema 7: Declaraciones, Parte II: Dignitatis Humanae.

Notapor lucilatriana » Lun Dic 03, 2012 9:06 am

1. ¿A qué tipo de libertad religiosa se refiere la Dignitatis Humanae?
La Dignitatis Humanae declara que la persona humana tiene derecho a la libertad religiosa, es decir, que todos los hombres han de estar inmunes de coacción en materia religiosa en la sociedad civil. Nadie: persona, grupo o potestad pueden impedir a la persona o a un grupo, en privado o en público cumplir sus deberes para con Dios u obligar a obrar contra la conciencia.
2. ¿Se deduce de la Dignitatis Humanae que las demás religiones tienen los mismos derechos que la religión verdadera?
La dignidad de la persona humana es una, por ello, es igual en la religión católica como en las demás religiones. Diferente es que de la investigación del Concilio Vaticano II sobre la sagrada Tradición y Doctrina surge que Dios manifestó al genero humano el camino por el cual los hombres sirviéndole a El , pueden salvarse y llegar a la vida eterna Ese camino lo encontramos en la Iglesia católica y apostólica , a la cual el Señor Jesús dio comienzo, inauguró su Reino, en el que brilla y a la que confió la obligación de difundir su palabra, su misterio y su salvación.
Por otra parte todos los seres humanos estamos obligados a buscar la verdad. Encontrado Dios y su Iglesia, una vez conocida debemos abrazarla y practicarla como lo quiere el mismo Dios. Necesariamente debo concluir que no son iguales los derechos de todas las religiones, porque la verdadera es la verdad y es a la que debo adherirme y permanecer en ells.
3. ¿Cuales son los límites de la libertad religiosa según la Dignitatis Humanae?
La libertad religiosa se ejerce en la sociedad humana, hay que salvaguardia el principio moral de la responsabilidad personal y social, por ello la persona y los grupos sociales están obligados a respetar los derechos de los otros, consultar los deberes con los demás y el bien común de todos, Hay que reflexionar siempre sobre la justicia y la humanidad acorde con la enseñanza de Cristo.
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Re: Tema 7: Declaraciones, Parte II: Dignitatis Humanae.

Notapor josé miguel arráiz » Lun Dic 03, 2012 9:42 am

Norma Angelica Islas escribió:1. ¿A qué tipo de libertad religiosa se refiere la Dignitatis Humanae?
A la libertad de cumplir la obligación que tenemos de rendirle culto a Dios, nuestro creador. Y a la libertad de que el estado no puede obligar en cuestiones de religión, es decir no se le puede impedir profesar su fe en público o privarlo de esta acción siempre y cuando no perturbe el orden público o agreda el derecho ajeno.
2. ¿Se deduce de la Dignitatis Humanae que las demás religiones tienen los mismos derechos que la religión verdadera?
Si puesto que el derecho a la libertad de religión es en función de toda creencia siempre y cuando no altere el orden público, además de que la Dignitatis Humanae también promueve la libertad a la búsqueda de la verdad y es ahí donde entra la libertad de sguir la verdadera religión.
3. ¿Cuáles son los límites de la libertad religiosa según la Dignitatis Humanae?
El límite es cuando se llega a alterar el orden público, si se lesiona a terceros y se viola su derecho ajeno, en ese momento la libertad de religión tine el límite.
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Invito nuevamente a repasar con calma las lecciones porque hay preguntas que no se están respondiendo correctamente.

La pregunta 2 por ejemplo habla de los derechos en general de la religión verdadera respecto a las religiones falsas. Allí la respuesta correcta es que las religiones falsas no tienen los mismos derechos que la religión verdadera. Lo que establece el decreto de la libertad religiosa es solamente la inmunidad de coacción en materia religiosa respecto a la sociedad civil o el Estado en sus debidos límites.

Importante para entender la diferencia es tomarse el tiempo de leer con calma el texto citado del Catecismo de la Iglesia Católica o las lecturas complementarias.
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Re: Tema 7: Declaraciones, Parte II: Dignitatis Humanae.

Notapor lindoro50 » Lun Dic 03, 2012 3:08 pm

1. ¿A qué tipo de libertad religiosa se refiere la Dignitatis Humanae?
A la libertad de coacción con respecto a la sociedad civil en materia religiosa.

2. ¿Se deduce de la Dignitatis Humanae que las demás religiones tienen los mismos derechos que la religión verdadera?
Sí, el hombre es libre a no ser coaccionado por el Estado en materia religiosa y tiene derecho a no ser impedido a profesar su fe en público o privado mientras no perturbe el orden público ni lesione los derechos ajenos

3. ¿Cuáles son los límites de la libertad religiosa según la Dignitatis Humanae?
En la divulgación de la fe religiosa y en la introducción de costumbres hay que abstenerse siempre de cualquier clase de actos que puedan tener sabor a coacción o a persuasión inhonesta o menos recta, sobre todo cuando se trata de personas rudas o necesitadas. Tal comportamiento debe considerarse como abuso del derecho propio y lesión del derecho ajeno.
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Re: Tema 7: Declaraciones, Parte II: Dignitatis Humanae.

Notapor A1F5 » Mar Dic 04, 2012 9:57 pm

¿A qué tipo de libertad religiosa se refiere la Dignitatis Humanae?
La iglesia Católica es la que tiene el mandato de proclamar la verdad del evangelio a toda persona de todo el mundo y la iglesia respeta su decisión de unirse a la iglesia que cristo funda en Pedro o de escoger otra y la iglesia a sido y será muy respetuosa y nunca le impondrá la Religión a ninguna persona a la fuerza será su decisión de fe.
. ¿Se deduce de la Dignitatis Humanae que las demás religiones tienen los mismos derechos que la religión verdadera?
La Iglesia Respeta las enseñanzas de las otras Religiones con el fin de que sus fieles ordenar su propia vida según sus principios religiosos pero no esta de acuerdo en que se mentalicé con creencias falsa o que afecte su condición personal y se irrespete su libertad y tienen derecho a no ser impedido a profesar su fe en público

3. ¿Cuales son los límites de la libertad religiosa según la Dignitatis Humanae?
No puede ser ilimitada, porque aunque se admita que el hombre tiene derecho a no ser Limitado en materia religiosa, también no tiene derecho a ejecutar acciones que lesionen el derecho ajeno
hay que abstenerse siempre de cualquier clase de actos que puedan tener sabor a persuasión inhonesta, sobre todo cuando se trata de personas rudas. Tal comportamiento debe considerarse como abuso del derecho propio de cada Persona.
Y en el caso de sectas destructivas que utilicen este tipo de prácticas deshonestas (lavado de cerebro, o un sistema de atropello hay que recordarles que Cristo proclamo el evangelio con Amor verdadero y nunca lo impuso a la fuerza
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Re: Tema 7: Declaraciones, Parte II: Dignitatis Humanae.

Notapor oscar_acosta » Mar Dic 04, 2012 10:15 pm

TEMA 7

1.- ¿A qué tipo de libertad religiosa se refiere la Dignitatis Humanae?
El hombre no es libre de su deber moral ante Dios para abrazar la verdadera religión: la Católica (doctrina tradicional que el Concilio ha dejado íntegra)
La Dignitatis Humanae se refiere a la libertad de coacción con respecto a la sociedad civil en materia religiosa.

2.-¿Se deduce de la Dignitatis Humanae que las demás religiones tienen los mismos derechos que la religión verdadera?
No. Las religiones falsas no tienen los mismos derechos que la religión verdadera. Esto implica su derecho a no ser coaccionadas en el Estado para no hacer profesión publica de su fe.

3.- ¿Cuáles son los límites de la libertad religiosa según la Dignitatis Humanae?
La libertad religiosa no puede ser ilimitada. Los límites se dan cuando se lesiona el derecho a la libertad cuando ocurren acciones que lesionan el derecho ajeno. Es allí cuando el Concilio señala: “Pero en la divulgación de la fe religiosa y en la introducción de costumbres hay que abstenerse siempre de cualquier clase de actos que puedan tener sabor a coacción o a persuasión deshonesta o menos recta, sobre todo cuando se trata de personas rudas o necesitadas. Tal comportamiento debe considerarse como abuso del derecho propio y lesión del derecho ajeno”. Se deja en claro que en el caso de sectas destructivas, que utilizan prácticas deshonestas, el Estado puede y debe actuar en defensa de los derechos de sus ciudadanos.
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Re: Tema 7: Declaraciones, Parte II: Dignitatis Humanae.

Notapor Glori864 » Mié Dic 05, 2012 12:31 pm

Buenas Tardes,

A continuación presento las preguntas correspondientes al tema 7

1. ¿A qué tipo de libertad religiosa se refiere la Dignitatis Humanae?
 Dignitatis Humenae se refiere a la libertad de coacción con respecto a la sociedad civil en materia religiosa, es decir la libertad religiosa que exigen los hombres para el cumplimiento de su obligación de rendir culto a Dios, se refiere a la inmunidad de coacción en la sociedad civil.

2. ¿Se deduce de la Dignitatis Humanae que las demás religiones tienen los mismos derechos que la religión verdadera?
 No, lo que se dice es que no se puede coaccionar a nadie para que crea en algo, además que el hombre no es libre de su deber moral ante Dios para abrazar la verdadera religión: la católica (doctrina tradicional que el Concilio ha dejado íntegra).

3. ¿Cuales son los límites de la libertad religiosa según la Dignitatis Humanae?
 Los limites de la libertad religiosa según el documento establece que en la divulgación de la fe religiosa y en la introducción de costumbres hay que abstenerse siempre de cualquier clase de actos que puedan tener sabor a coacción o a persuasión deshonesta o menos recta, sobre todo cuando se trata de personas rudas o necesitadas. Tal comportamiento debe considerarse como abuso del derecho propio y lesión del derecho ajeno.
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Re: Tema 7: Declaraciones, Parte II: Dignitatis Humanae.

Notapor Rocio Montes » Jue Dic 06, 2012 10:56 am

1. ¿A qué tipo de libertad religiosa se refiere la Dignitatis Humanae?
Se refieren al derecho civil de los hombres a que no se les impida vivir según su conciencia, sbuscar la verdad y adherirse a ella, con tal de que se guarde el justo orden público. El derecho se extiende también a las comunidades religiosas, a que no se les impida la enseñanza y la profesión pública, de palabra y por escrito, de su fe, en sus debidos límites.

2. ¿Se deduce de la Dignitatis Humanae que las demás religiones tienen los mismos derechos que la religión verdadera? Si. Aunque los otros votos decian que las demás religiones y sus derechos son erróneos y eso legitimiza su postura.

3. ¿Cuales son los límites de la libertad religiosa según la Dignitatis Humanae?
Límite de la libertad religiosaLos hombres no tienen derecho a ejecutar acciones que lesionen el derecho ajeno, de allí que el Concilio señale:"Pero en la divulgación de la fe religiosa y en la introducción de costumbres hay que abstenerse siempre de cualquier clase de actos que puedan tener sabor a coacción o a persuasión inhonesta o menos recta, sobre todo cuando se trata de personas rudas o necesitadas. Tal comportamiento debe considerarse como abuso del derecho propio y lesión del derecho ajeno."Dejando claro que en el caso de sectas destructivas que utilicen este tipo de prácticas deshonestas (lavado de cerebro, coacción psicológica, etc.), el Estado puede y debe actuar en defensa del derecho de sus ciudadanos.
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Re: Tema 7: Declaraciones, Parte II: Dignitatis Humanae.

Notapor psicmcjp » Sab Dic 08, 2012 3:25 am

Bueno una disculpa por no haber enviado en fecha estas tareas, la salud no me daba para hacerlo. Pero ya lo hare en el transcurso del dia, bendito sea Dios he tenido el tiempo de leer.
[b]1. ¿A qué tipo de libertad religiosa se refiere la Dignitatis Humanae?[/b]
La libertad religiosa a que se refiere la Dignitatis Humanae es el derecho de la persona y de las comunidades a la libertad social y civil en materia religiosa. Éste concilio declara que la persona humana tiene derecho a la libertad religiosa. Ésta libertad consiste en que todos los hombres han de estar inmunes de imposición, tanto por parte de individuos como de grupos sociales y de cualquier autoridad humana, y esto de tal manera que, en materia religiosa, ni se obliga a nadie a obrar contra su conciencia, ni se le impide que actúe conforme a ella en privado y en público, sólo o asociado con otros, dentro de los límites debidos.
[b]2. ¿Se deduce de la Dignitatis Humanae que las demás religiones tienen los mismos derechos que la religión verdadera?[/b]
No, porque la Dignitatis Humanae nos dice que: Todos los hombres están obligados a buscar la verdad, sobre todo en lo que se refiere a Dios y a su Iglesia, y, una vez conocida, a abrazarla y practicarla". Puesto que la libertad religiosa que exigen los hombres para el cumplimiento de su obligación de rendir culto a Dios, se refiere a la inmunidad de coacción en la sociedad civil, deja íntegra la doctrina tradicional católica acerca del deber moral de los hombres y de las sociedades para con la verdadera religión y la única Iglesia de Cristo.
Por su parte, los fieles, en la formación de su conciencia, deben prestar diligente atención a la doctrina sagrada y cierta de la Iglesia. Pues por voluntad de Cristo la Iglesia católica es la maestra de la verdad, y su misión consiste en anunciar y enseñar auténticamente la verdad, que es Cristo, y al mismo tiempo declarar y confirmar con su autoridad los principios de orden moral que fluyen de la misma naturaleza humana.

[b]3. ¿Cuales son los límites de la libertad religiosa según la Dignitatis Humanae?[/b]
Abstenerse siempre de cualquier clase de actos que puedan tener sabor a coacción o a persuasión deshonesta o menos recta, sobre todo cuando se trata de personas rudas o necesitadas. Tal comportamiento debe considerarse como abuso del derecho propio y lesión del derecho ajeno.
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Re: Tema 7: Declaraciones, Parte II: Dignitatis Humanae.

Notapor juand239 » Sab Dic 08, 2012 6:14 pm

1. ¿A qué tipo de libertad religiosa se refiere la Dignitatis Humanae?
Se refiere específicamente a la libertad de coacción con respecto a la sociedad civil en materia religiosa. No se refiere a la libertad moral, ya uqe sigue firme la doctrina tradicional según la cual el hombre tiene el deber ante Dios de abrazar la verdadera religión.

2. ¿Se deduce de la Dignitatis Humanae que las demás religiones tienen los mismos derechos que la religión verdadera?
No es eso lo que afirma sino que los fieles cristianos, como los demás hombres, gozan del derecho civil a que no se les impida vivir según su conciencia. La verdadera religión es la católica.

3. ¿Cuáles son los límites de la libertad religiosa según la Dignitatis Humanae?
No existe el derecho a ejecutar acciones que lesionen el derecho ajeno "hay que abstenerse siempre de cualquier clase de actos que puedan tener sabor a coacción o a persuasión inhonesta o menos recta".
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Re: Tema 7: Declaraciones, Parte II: Dignitatis Humanae.

Notapor martha salim naime » Dom Dic 09, 2012 10:46 am

1. ¿A qué tipo de libertad religiosa se refiere la Dignitatis Humanae?

Se refiere a la libertad de coacción de parte de la sociedad civil, para poder vivir su religiosidad en cumplimiento de su obligación de rendir culto a Dios. El hombre, por tanto, tiene derecho a no ser impedido de profesar su fe en público o en privado, mientras que no altere el orden público o lesione los derechos ajenos.

2. ¿Se deduce de la Dignitatis Humanae que las demás religiones tienen los mismos derechos que la religión verdadera?

No en todos los casos. En un sentido, la libertad religiosa es un derecho natural, aunque el hombre tiene un vínculo o deber para con Dios de abrazar la verdadera fe. En otro sentido, las sectas que realizan prácticas contrarias a la dignidad de la persona, porque son utilitaristas, no pueden tener los mismos derechos que la verdadera.

3. ¿Cuales son los límites de la libertad religiosa según la Dignitatis Humanae?

El limite esta en el derecho de la propia persona, que termina donde empieza el derecho de los demás.
hay que abstenerse siempre de cualquier clase de actos que puedan tener sabor a coacción o a persuasión inhonesta o menos rectas.
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Re: Tema 7: Declaraciones, Parte II: Dignitatis Humanae.

Notapor BERTILDA » Dom Dic 09, 2012 4:37 pm

1.¿A qué tipo de libertad religiosa se refiere la Dignitatis Humanae?

Este Concilio Vaticano declara que la persona humana tiene derecho a la libertad religiosa. Esta libertad consiste en que todos los hombres han de estar inmunes de coacción, sea por parte de personas particulares como de grupos sociales y de cualquier potestad humana; y esto, de tal manera que, en materia religiosa, ni se obligue a nadie a obrar contra su conciencia, ni se le impida que actúe conforme a ella en privado y en público, solo o asociado con otros, dentro de los límites debidos”

2. ¿Se deduce de la Dignitatis Humanae que las demás religiones tienen los mismos derechos que la religión verdadera?
Nos dice el Concilio: "Por razón de su dignidad todos los hombres...son impulsados por su propia naturaleza (en todos los campos, no sólo el religioso.) a adherirse a la Verdad. El hombre percibe y reconoce por medio de su conciencia los dictámenes de la Ley Divina, conciencia que tiene obligación de seguir fielmente en toda su actividad para llegar a Dios que es su fin. Puesto que la sociedad civil tiene derecho a protegerse contra los abusos que puedan darse so pretexto de libertad religiosa, corresponde principalmente al poder civil el prestar está atención. Y esto se hace según las normas jurídicas conformes con el orden moral objetivo. Por tanto los individuos de las demás religiones tienen derecho a no ser coaccionados por el estado en materia religiosa pero no son libres en cuanto al deber moral de buscar la verdad que es Jesucisto.

3 ¿Cuales son los límites de la libertad religiosa según la Dignitatis Humanae?
El límite de la libertad religiosa son ciertas normas reguladoras pues todos los hombres y grupos sociales, en el ejercicio de sus derechos. están obligados por ley moral tener en cuenta los derechos ajenos, sus deberes para con los demás y para el bien común de todos.Hay que obrar con todos conforme a la justicia y al respeto debido al hombre.
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Re: Tema 7: Declaraciones, Parte II: Dignitatis Humanae.

Notapor Leo Paz Vanegas T » Dom Dic 09, 2012 7:09 pm

TEMA 7 : DECLARACIONES PARTE II - Dignitatis Humanae.
R – 1: La Dignitatis Humanae, aunque no es el documento más largo y quizás tampoco el más importante, fue el más discutido en el Concilio; fue promulgado el 7 de Septiembre de l.965.
En el se presentaron dos posiciones:
-Una, la comisión Teológica de Eclesia:
*Solo hay un derecho natural y sobrenatural para el bien y la verdad reveladas. El error no tiene derechos.
*El límite es el bien común, comprensivo del bien religioso verdadero, admitiendo solo un régimen de tolerancia.
*La Libertad religiosa na tiene fundamento en la Revelación, esto incluye la escritura y la tradición.
-Otra, el Secretariado de la Unidad Cristiana, que fue la que finalmente se impuso:
*El derecho a la libertad religiosa, es un derecho natural e igual para todos.
*El límite es el orden público comprendiendo los derechos fundamentales de todos y como consecuencia del derecho natural.
* El magisterio ha progresado respecto a los derechos fundamentales de la persona humana, comprendiendo la libertad religiosa y fundamentada en la revelación.
Con base en lo anterior, la libertad a la que se refiere la Dignitatis Humanae, es la que debe tener y necesita la humanidad para cumplir con su obligación mortal, humana y social de rendir culto a Dios estableciendo una inmunidad con respecto a la sociedad civil, sin que se presente ningún tipo de coacción por parte del Estado.
R - 2: Aunque la libertad religiosa es un derecho natural e igual para todos, no en todos los casos se tienen los mismos derechos y es el Estado quien deberá conocer y salvaguardar los derechos religiosos para que no se atente contra el bien común, sin embargo, aunque el hombre tenga en sí derecho a una libertad religiosa, esto no lo exonera de3 sus deberes morales para con Dios.
R – 3: El Hombre creado por Dios tiene la capacidad de dirigir sus propios actos con base en el amor a Dios y al prójimo pero aunque sea libre y tenga derecho a no ser coaccionado, también deberá cumplir con la obligación de respetar los derechos ajenos absteniéndose de cualesquier clase de actos que puedan coaccionar, persuadir o lesionar a otras personas ya que estos actos podrían considerarse abuso del derecho propio y en algunos casos incluso el mismo Estado podría actuar en defensa de los derechos de los ciudadanos.
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Re: Tema 7: Declaraciones, Parte II: Dignitatis Humanae.

Notapor Sonia Marquez Oliva » Jue Dic 13, 2012 12:43 am

Un abrazo a todos mis hermanos en Cristo. Sólo respuestas:

1.-La libertad religiosa consiste en que todos los hombres deben estar inmunes de coacción, tanto por parte de personas particulares como de grupos sociales y cualquier potestad humana y ello de tal manera que, en materia religiosa ni se obligue a nadie a obrar contra su conciencia ni se le impida que actúe conforme a ella.

2.-Según declara la Dignitatis Humanae, con tal que no se violen las justas exigencias del orden público , debe reconocérseles el derecho de inmunidad para regirse por sus propias normas. También tiene el derecho a no ser impedidas en la enseñanza y en la profesión pública y por escrito, de su fe. Deben abstenerse siempre de toda clase de actos de coacción o persuasión deshonesta.

3.-Cuando con sus acciones lesionan el derecho ajeno, ya que se caería en abuso del derecho propio y lesión del derecho ajeno.
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Re: Tema 7: Declaraciones, Parte II: Dignitatis Humanae.

Notapor Sonia Marquez Oliva » Jue Dic 13, 2012 12:43 am

Un abrazo a todos mis hermanos en Cristo. Sólo respuestas:

1.-La libertad religiosa consiste en que todos los hombres deben estar inmunes de coacción, tanto por parte de personas particulares como de grupos sociales y cualquier potestad humana y ello de tal manera que, en materia religiosa ni se obligue a nadie a obrar contra su conciencia ni se le impida que actúe conforme a ella.

2.-Según declara la Dignitatis Humanae, con tal que no se violen las justas exigencias del orden público , debe reconocérseles el derecho de inmunidad para regirse por sus propias normas. También tiene el derecho a no ser impedidas en la enseñanza y en la profesión pública y por escrito, de su fe. Deben abstenerse siempre de toda clase de actos de coacción o persuasión deshonesta.

3.-Cuando con sus acciones lesionan el derecho ajeno, ya que se caería en abuso del derecho propio y lesión del derecho ajeno.
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Re: Tema 7: Declaraciones, Parte II: Dignitatis Humanae.

Notapor AMA PUERTO AREY » Vie Dic 14, 2012 8:21 pm

1. ¿A qué tipo de libertad religiosa se refiere la Dignitatis Humanae?
Sobre el derecho de la persona y de las comunidades a la libertad social y civil en materia religiosa,se refiree sobre todo a losbienes de espiritu humano principalmente a aquellos que atanen a libre ejercicio de la religion en la sociedad , todos los hombres deben se libres de coaccion de personas particulares o grupos sociales de cualquier potestad humana de forma que en religion ni se obligue a nadie a obrar contra su conciencia ni se le impida que actue conforme a ella en privado ni en publico dentro de los limites debidos
2. ¿Se deduce de la Dignitatis Humanae que las demás religiones tienen los mismos derechos que la religión verdadera?
si siempre que no altere ni afecte a otros ni el orden publico.
consecuencias de estos principios son que los fieles cristianos, como todos los demás hombres, gozan del derecho civil a que no se les impida vivir según su conciencia, un derecho que subsiste incluso si no cumple su obligación de buscar la verdad y adherirse a ella, con tal de que se guarde el justo orden público (58). El derecho se extiende también a las comunidades religiosas, a que no se les impida la enseñanza y la profesión pública, de palabra y por escrito, de su fe, en sus debidos límites.
3¿Cuales son los límites de la libertad religiosa según la Dignitatis Humanae?
en el uso de todas las libertades hay que salvaguardar el principio moral de la responsabiilidad personal y social :en el ejercicio de sus derechos, cada uno de los hombres y grupos sociales estan obligados por ley moral a tener en cuenta los derechos de los otros , lospropios deberes para con los demas y el bien comun de todos.Con todos hay que obrar segun justicia y humanidad.



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Re: Tema 7: Declaraciones, Parte II: Dignitatis Humanae.

Notapor aztekatholic » Vie Dic 14, 2012 9:53 pm

1. ¿A qué tipo de libertad religiosa se refiere la Dignitatis Humanae?
Una libertad religiosa que se basa en la dignidad humana que nos debe llevar a buscar la verdad como una obligación

2. ¿Se deduce de la Dignitatis Humanae que las demás religiones tienen los mismos derechos que la religión verdadera?
Si en el numero 4 habla de libertad religiosa un punto que verdaderamente es importante es que no debe haber coacción sino buscar la libertad psicológica de las personas para que sepan discernir y buscar la verdad.


3. ¿Cuáles son los límites de la libertad religiosa según la Dignitatis Humanae?
Debe tener presentes los derechos de los demás así mismo sus obligaciones con la sociedad y el bien común.
También que de ninguna forma bajo el pretexto de una supuesta libertad religiosa ponga en riesgo la integridad de otros individuos.
[b]SOY YO PERO NO SOY YO ES CRISTO QUE VIVE EN MI
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Re: Tema 7: Declaraciones, Parte II: Dignitatis Humanae.

Notapor lupita rt » Sab Dic 15, 2012 11:10 am

1.¿A qué tipo de libertad religiosa se refiere la Dignitatis Humanae?
"Este Concilio Vaticano declara que la persona humana tiene derecho a la libertad religiosa. Esta libertad consiste en que todos los hombres han de estar inmunes de coacción, tanto por parte de individuos como de grupos sociales y de cualquier potestad humana, y esto de tal manera que, en materia religiosa, ni se obligue a nadie a obrar contra su conciencia, ni se le impida que actúe conforme a ella en privado y en público, sólo o asociado con otros, dentro de los límites debidos." (DI2)

2.¿Se deduce de la Dignitatis Humanae que las demás religiones tienen los mismos derechos que la religión verdadera? No tienen los mismos derechos. Del texto: "Se acepta que las personas puedan tener una religión distinta a la religión católica, pero no tienen derecho a hacer pública profesión de la misma, ni celebraciones públicas. Las religiones falsas han de ceñirse a los límites de lo privado, aunque nadie pueda obligarles a convertirse por la fuerza. Esta posición admitía también que el Estado pueda tolerar para evitar males mayores estos cultos falsos, pero en caso de darse las condiciones adecuadas, tiene el derecho e incluso el deber de reprimirlos."
"...Los fieles cristianos, como todos los demás hombres, gozan del derecho civil a que no se les impida vivir según su conciencia, un derecho que subsiste incluso si no cumple su obligación de buscar la verdad y adherirse a ella, con tal de que se guarde el justo orden público (58). El derecho se extiende también a las comunidades religiosas, a que no se les impida la enseñanza y la profesión pública, de palabra y por escrito, de su fe, en sus debidos límites.

3.¿Cuales son los límites de la libertad religiosa según la Dignitatis Humanae?
Pero la libertad religiosa no puede ser ilimitada, porque aunque se admita que el hombre tiene derecho a no ser coaccionado en materia religiosa, también es cierto que no tiene derecho a ejecutar acciones que lesionen el derecho ajeno, de allí que el Concilio señale:
"Pero en la divulgación de la fe religiosa y en la introducción de costumbres hay que abstenerse siempre de cualquier clase de actos que puedan tener sabor a coacción o a persuasión inhonesta o menos recta, sobre todo cuando se trata de personas rudas o necesitadas. Tal comportamiento debe considerarse como abuso del derecho propio y lesión del derecho ajeno." (63)
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Re: Tema 7: Declaraciones, Parte II: Dignitatis Humanae.

Notapor Kataly Na » Mar Dic 18, 2012 3:56 am

1. ¿A qué tipo de libertad religiosa se refiere la Dignitatis Humanae?
Libertad religiosa entendido como derecho natural, igual para todos. El límite es el orden público.
2. ¿Se deduce de la Dignitatis Humanae que las demás religiones tienen los mismos derechos que la religión verdadera?
Se acepta que las personas puedan tener una religión distinta a la religión católica, pero no tienen derecho a hacer pública profesión de la misma, ni celebraciones públicas. Las religiones falsas han de ceñirse a los límites de lo privado, aunque nadie pueda obligarles a convertirse por la fuerza. Esta posición admitía también que el Estado pueda tolerar para evitar males mayores estos cultos falsos, pero en caso de darse las condiciones adecuadas, tiene el derecho e incluso el deber de reprimirlos

3. ¿Cuales son los límites de la libertad religiosa según la Dignitatis Humanae?
El límite es el bien común, comprensivo del bien religioso verdadero, admitiéndose sólo un régimen de tolerancia.
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Re: Tema 7: Declaraciones, Parte II: Dignitatis Humanae.

Notapor Lourdes Zapata » Mar Dic 18, 2012 6:06 am

1. Se refiere a la verdadera libertad, donde se respete el derecho a la libertad religiosa es decir que toda persona pueda
dar culto y gloria a Dios sin ninguna coacción social, siempre y cuando este culto no dañe la dignidad humana.

2- Siempre que se respete la dignidad humana y el bien común.No sólo la religión católica busca honrar y amar a Dios, otras como el islam o el judaismo.... tienen el mismo fin y es muy respetable este fin.

3. Hay sectas que pueden llegar a ser destructivas y van encontra de la propia libertad humana coaccionan a las personas
y sólo lo hacen para beneficio suyo-
Lourdes Zapata
 
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