Tema 12: Decretos, Parte V- Orientalium Ecclesiarum

El Papa Benedicto XVI ha pedido que durante este año se reconozca La vigencia y valor del Concilio Vaticano II y se profundice en el conocimiento de sus principales documentos. Acudiendo a la solicitud del Santo padre presentamos:

Curso: Para conocer el Concilio Vaticano II

Objetivo: Conocer y profundizar sobre el contenido y la recta interpretación de los documentos del Concilio Vaticano II.

Fecha de inicio: 13 de Octubre de 2012
Fecha final: 19 enero de 2013

Autor y asesor del curso: José Miguel
Director del sitio web Apologeticacatolica.org

Moderadores: monik, Catholic.net, josé miguel arráiz, Ikari, Moderadores Animadores

Re: Tema 12: Decretos, Parte V- Orientalium Ecclesiarum

Notapor marus » Mié Ene 16, 2013 9:30 pm

Preguntas de reflexión que debes responder en los foros del curso

Antes de responder estas preguntas se recomienda leer:

Orientalum Ecclesiarum
http://www.vatican.va/archive/hist_coun ... um_sp.html

Inter Mirifica
http://www.vatican.va/archive/hist_coun ... ca_sp.html
:D
1. ¿ Que se entiende por Iglesias Católicas orientales?
El plural advierte que no hay una sola Iglesia oriental, sino varias. Además, debido a que la expresión Iglesias Orientales era insuficiente porque designa tanto a las Iglesias separadas ortodoxas como a las católicas en plena comunión, se introdujo el término "católicas" para diferenciarlas de estas últimas, sobre las cuales el decreto legisla.
:)
2. ¿ Qué caracteriza a las Iglesias orientales como Iglesias particulares?
Dichas iglesias son comunidades eclesiales con jerarquía propia que comprenden varias Iglesias locales y se distinguen de grupos similares por su liturgia, su ordenamiento jurídico y su patrimonio espiritual. El elemento esencial de la misma es su autonomía jerárquica. El decreto, por tanto, presenta a la Iglesia Católica como una comunión de Iglesias con la misma dignidad, idénticos derechos y deberes, y confiadas por igual al gobierno pastoral del Papa.
;)
3. ¿Cuales son los derechos de las Iglesias Católicas orientales?.
El mismo derecho en cuanto a la predicación del evangelio por todo el mundo, quedando a competencia del Papa la coordinación de la actividad misionera de las distintas Iglesias. Para promover la colaboración entre las distintas Iglesias con jurisdicción en un mismo territorio se recomiendan reuniones periódicas entre las distintas jerarquías. Respecto al paso de fieles de un rito a otro, el decreto indica que se debe conservar el propio rito, aunque puedan admitirse excepciones, en cuyo caso corresponde a la Sede Apostólica autorizarlas.
:o
4. ¿Qué elementos importantes resaltaría del decreto Orientalum Ecclesiarum?
Reconoce a los presbíteros como ministros de la confirmación. Fija la obligación de asistir los domingos y días festivos a la Eucaristía o, según prescriben, a algunos ritos, y a la celebración de las alabanzas divinas. Otro punto importante lo encontramos en el restablecimiento del diaconado permanente.
:shock:
5. ¿Cuál es el decreto del Concilio Vaticano II que aborda el tema de las comunicaciones sociales?
Inter Mirifica que es el decreto del Concilio Vaticano II sobre los medios de comunicación social. Fue promulgado el 5 de diciembre de 1963.
8-)
6. ¿Qué importancia da el decreto Inter Mirifica a las comunicaciones sociales?.
Tiene importancia el decreto de los medios de comunicación y justifica la atención que le presta el Concilio, consciente en su influjo en la salvación de las almas y en el progreso de la humanidad.
:lol:
7. ¿Qué invitación hace el decreto Inter Mirifica a los hombres de buena voluntad respecto al uso de los medios de comunicación social?
Exhorta a los fieles al uso de los medios de tal suerte que su utilización derive en favor de la sociedad y en alabanza y gloria de Dios
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Re: Tema 12: Decretos, Parte V- Orientalium Ecclesiarum

Notapor pattypj » Mié Ene 16, 2013 9:34 pm

Preguntas de reflexión que debes responder en los foros del curso

Antes de responder estas preguntas se recomienda leer:

Orientalum Ecclesiarum
http://www.vatican.va/archive/hist_coun ... um_sp.html

Inter Mirifica
http://www.vatican.va/archive/hist_coun ... ca_sp.html

1. ¿ Que se entiende por Iglesias Católicas orientales?
El plural advierte que no hay una sola Iglesia oriental, sino varias. Además, debido a que la expresión Iglesias Orientales era insuficiente porque designa tanto a las Iglesias separadas ortodoxas como a las católicas en plena comunión, se introdujo el término "católicas" para diferenciarlas de estas últimas, sobre las cuales el decreto legisla.
2. ¿ Qué caracteriza a las Iglesias orientales como Iglesias particulares?
Las iglesias particulares son comunidades eclesiales con jerarquía propia que comprenden varias Iglesias locales y se distinguen de grupos similares por su liturgia, su ordenamiento jurídico y su patrimonio espiritual. El elemento esencial de la misma es su autonomía jerárquica. El decreto, por tanto, presenta a la Iglesia Católica como una comunión de Iglesias con la misma dignidad, idénticos derechos y deberes, y confiadas por igual al gobierno pastoral del Papa. Se reconoce a todas las Iglesias el mismo derecho en cuanto a la predicación del evangelio por todo el mundo, quedando a competencia del Papa la coordinación de la actividad misionera de las distintas Iglesias. Para promover la colaboración entre las distintas Iglesias con jurisdicción en un mismo territorio se recomiendan reuniones periódicas entre las distintas jerarquías.
3. ¿Cuales son los derechos de las Iglesias Católicas orientales?
El derecho y deber que tienen las iglesias orientales católicas es de regirse por su propia disciplina y mantener la fidelidad a la propia tradición.
4. ¿Qué elementos importantes resaltaría del decreto Orientalum Ecclesiarum?
En continuidad con el decreto Orientalium Ecclesiarum se encuentra la Constitución apostólica Sacri canones, del Papa Juan Pablo II, en la cual se promulga el Código de los cánones de las Iglesias orientales.
5. ¿Cuál es el decreto del Concilio Vaticano II que aborda el tema de las comunicaciones sociales?

Inter Mirifica es el decreto del Concilio Vaticano II sobre los medios de comunicación social. Fue promulgado el 5 de diciembre de 1963 luego de obtener 1960 votos a favor, y 164 en contra, por lo que fue el decreto que obtuvo la mayor cantidad de votos negativos de todos los documentos conciliares.

6. ¿Qué importancia da el decreto Inter Mirifica a las comunicaciones sociales?
En su breve introducción, el decreto hace una valoración somera pero solemne de la importancia de los medios de comunicación y justifica la atención que le presta el Concilio, consciente en su influjo en la salvación de las almas y en el progreso de la humanidad.
7. ¿Qué invitación hace el decreto Inter Mirifica a los hombres de buena voluntad respecto al uso de los medios de comunicación social?
Respecto a la prensa el Concilio invita a fomentar ante todo una prensa honesta, de manera que los fieles puedan ser imbuidos plenamente del espíritu cristiano. Pide se cree y se desarrolle también una prensa verdaderamente católica con la intención de formar, consolidar y promover una opinión pública en consonancia con la fe católica, por lo cual los fieles deben estar advertidos de la necesidad de leer y difundir la prensa católica de manera que puedan formarse un juicio cristiano sobre todos los acontecimientos.
Aparecen aquí delineados los primeros elementos de una pastoral de los medios y a través de los medios. Como piezas de esa pastoral hay un encarecimiento de la formación en los medios a las escuelas y centros de la Iglesia, seminarios incluidos. Hay una incitación a los profesionales católicos para que se junten en asociaciones profesionales, nacionales e internacionales. Hay un apremio para que en cada diócesis y en la Curia romana se creen los organismos pertinentes capaces de canalizar la labor católica en y para los medios de comunicación. Este conjunto de recomendaciones prácticas y de creación de estructuras culmina con la instauración, «en todas las diócesis del mundo», de una jornada anual para encarecer a los fieles la importancia de los medios y solicitar su ayuda económica para iniciativas concretas en este campo. Es esta la única jornada establecida por el Concilio. En la conclusión del decreto se promete una instrucción pastoral complementaria del decreto y se exhorta a los fieles al uso de los medios de tal suerte que su utilización derive en favor de la sociedad y en alabanza y gloria de Dios
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Re: Tema 12: Decretos, Parte V- Orientalium Ecclesiarum

Notapor Romy_32 » Mié Ene 16, 2013 10:26 pm

1. ¿ Que se entiende por Iglesias Católicas orientales?

Son aquellas Iglesias venerables por su antigüedad, en las cuales brilla la tradición de los Padres, que arrancan desde los apostoles, y que constituyen una parte de lo divinamente Revelado y del patrimonio indiviso de la Iglesia Universal. Debido a que la expresión Iglesias Orientales era insuficiente porque designa tanto a las Iglesias separadas ortodoxas como a las católicas en plena comunión, se introdujo el término "católicas" para diferenciarlas de estas últimas, sobre las cuales el decreto legisla.


2. ¿ Qué caracteriza a las Iglesias orientales como Iglesias particulares?

El elemento esencial de la misma es su autonomía jerárquica, sin embargo, están encomendadas por igual al gobierno pastoral del Romano Pontífice, que sucede por institución divina a San Pedro en el primado sobre la Iglesia universal.


3. ¿Cuales son los derechos de las Iglesias Católicas orientales?.

Estas Iglesias gozan de igual dignidad, de tal manera que ninguna de ellas aventaja a las demás por razón de su rito, y todas disfrutan de los mismos derechos y están sujetas a las mismas obligaciones.
Uno de sus derechos es la predicación del evangelio por todo el mundo, quedando a competencia del Papa la coordinación de la actividad misionera de las distintas Iglesias.
El derecho y deber que tienen las iglesias orientales católicas de regirse por su propia disciplina y mantener la fidelidad a la propia tradición, es decir gozan del derecho y deber de regirse según sus respectivas disciplinas peculiares, como lo exijan su venerable antigüedad, sean más congruentes con las costumbres de sus fieles y resulten más adecuadas para procurar el bien de las almas.

4. ¿Qué elementos importantes resaltaría del decreto Orientalum Ecclesiarum?

Presenta a la Iglesia Católica como una comunión de Iglesias con la misma dignidad, idénticos derechos y deberes, y confiadas por igual al gobierno pastoral del Papa.
La Iglesia católica tiene en gran aprecio las instituciones, los ritos litúrgicos, las tradiciones eclesiásticas y la disciplina de la vida cristiana de las Iglesias orientales, sin olvidar que no son entidades distintas y por tanto su patrimonio es patrimonio de toda la Iglesia.
La institución patriarcal es reconocida por los primeros Concilios Ecuménicos. Entre las instituciones propias de las Iglesias orientales es una de las más características.

En derecho canónico se denomina communicatio in sacris, o comunicación en las cosas sagradas, o más expresamente comunión en los sacramentos, a la posibilidad de que cristianos de diferentes confesiones y denominaciones puedan participar conjuntamente de los sacramentos y otros bienes sagrados, como los templos y lugares sagrados y demás.


5. ¿Cuál es el decreto del Concilio Vaticano II que aborda el tema de las comunicaciones sociales?

El decreto Inter Mirifica

6. ¿Qué importancia da el decreto Inter Mirifica a las comunicaciones sociales?.

Le da una importancia solemne debido al influjo en la salvación de las almas y en el progreso de la humanidad

7. ¿Qué invitación hace el decreto Inter Mirifica a los hombres de buena voluntad respecto al uso de los medios de comunicación social?

Invita a fomentar ante todo una prensa honesta, de manera que los fieles puedan ser imbuidos plenamente del espíritu cristiano. Pide se cree y se desarrolle también una prensa verdaderamente católica con la intención de formar, consolidar y promover una opinión pública en consonancia con la fe católica, por lo cual los fieles deben estar advertidos de la necesidad de leer y difundir la prensa católica de manera que puedan formarse un juicio cristiano sobre todos los acontecimientos.

“Christianus qui relinquitur dirigendos et educandi paulatim , ex fide Ecclesiae, non obstantibus debilitates, limitationes, et difficultates, fit similis fenestram apertam ad Deo luce viventium, ipse recipit hoc lumen et transmiserint ad mundum”

"UN CRISTIANO QUE SE DEJA GUIAR Y FORMAR POCO A POCO POR LA FE DE LA IGLESIA, A PESAR DE SUS DEBILIDADES, SUS LIMITACIONES Y SUS DIFICULTADES, SE VUELVE COMO UNA VENTANA ABIERTA A LA LUZ DEL DIOS VIVO, QUE RECIBE ESTA LUZ Y LA TRANSMITE AL MUNDO”
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Re: Tema 12: Decretos, Parte V- Orientalium Ecclesiarum

Notapor marcela arana » Jue Ene 17, 2013 2:19 pm

1. ¿ Que se entiende por Iglesias Católicas orientales?
Son Iglesias católicas de rito oriental que están en plena comunión con el Papa.

2. ¿ Qué caracteriza a las Iglesias orientales como Iglesias particulares?
iglesias particulares son comunidades eclesiales con jerarquía propia que comprenden varias Iglesias locales y se distinguen de grupos similares por su liturgia, su ordenamiento jurídico y su patrimonio espiritual. El elemento esencial de la misma es su autonomía jerárquica.

3. ¿Cuales son los derechos de las Iglesias Católicas orientales?.
Se reconoce a todas las Iglesias el mismo derecho en cuanto a la predicación del evangelio por todo el mundo, quedando a competencia del Papa la coordinación de la actividad misionera de las distintas Iglesias. También el derecho y deber que tienen las iglesias orientales católicas de regirse por su propia disciplina y mantener la fidelidad a la propia tradición.

4. ¿Qué elementos importantes resaltaría del decreto Orientalum Ecclesiarum?
Se destaca la función especial de las iglesias orientales católicas en la tarea ecuménica, y la actitud que debe adoptar con los hermanos separados que retornan a la unidad católica, especialmente a los clérigos.

5. ¿Cuál es el decreto del Concilio Vaticano II que aborda el tema de las comunicaciones sociales?
Inter Mirifica

6. ¿Qué importancia da el decreto Inter Mirifica a las comunicaciones sociales?.
La importancia de los medios de comunicación y justifica la atención que le presta el Concilio, consciente en su influjo en la salvación de las almas y en el progreso de la humanidad.

7. ¿Qué invitación hace el decreto Inter Mirifica a los hombres de buena voluntad respecto al uso de los medios de comunicación social?
que su utilización derive en favor de la sociedad y en alabanza y gloria de Dios
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Re: Tema 12: Decretos, Parte V- Orientalium Ecclesiarum

Notapor Glori864 » Jue Ene 17, 2013 3:45 pm

Buenas Tardes,

Envió las respuestas del foro numero 12,


1.¿Qué se entiende por Iglesias Católicas orientales?
El término iglesias católicas orientales designa tanto a las Iglesias separadas ortodoxas como a las católicas en plena comunión.

2.¿Qué caracteriza a las Iglesias orientales como Iglesias particulares?
Las iglesias orientales se caracterizan porque son comunidades eclesiales con jerarquía propia que comprenden varia iglesias locales y se distinguen por su liturgia, su ordenamiento jurídico, y su patrimonio espiritual.

3.¿Cuáles son los derechos de las Iglesias Católicas orientales?
Las iglesias católicas orientales tiene derecho a la predicación del evangelio por todo el mundo, quedando a competencia del Papa la coordinación de la actividad misionera.

4.¿Qué elementos importantes resaltaría del decreto Orientalum Ecclesiarum?
Es importante que dentro del decreto se estableciera un respecto por las tradiciones de las iglesias orientales sin que se desprendan de la jerarquía de la iglesia, también es importante el capítulos sobre las relaciones con otras iglesias y el diálogo ecuménico, finalmente destaco la intercomunión de algunos sacramentos como: la eucaristía, la penitencia y la unción de los enfermos.

5.¿Cuál es el decreto del Concilio Vaticano II que aborda el tema de las comunicaciones sociales?
El decreto del Concilio Vaticano II que aborda el tema de las comunicaciones sociales es Inter Mirifica.

6.¿Qué importancia da el decreto Inter Mirifica a las comunicaciones sociales?
Las comunicaciones sociales influyen enormemente en la salvación de las almas, así como en el progreso de la humanidad.

7.¿Qué invitación hace el decreto Inter Mirifica a los hombres de buena voluntad respecto al uso de los medios de comunicación social?
El decreto invita a todos los hombres de buena voluntad a utilizar los medios de comunicación adecuadamente, de forma que se puedan utilizar en favor de la sociedad y para alabanza y gloria de Dios.
Gloria Johanna González López
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Re: Tema 12: Decretos, Parte V- Orientalium Ecclesiarum

Notapor delfigallo » Jue Ene 17, 2013 6:50 pm

. ¿ Que se entiende por Iglesias Católicas orientales?
Son comunidades eclesiales con jerarquía propia, que están en comunión con el Sumo Pontífice, comprenden varias iglesias locales y se caracterizan por su ordenamiento jurídico y su patrimonio espiritual. Conservan ritos propios muy antiguos.
2. ¿ Qué caracteriza a las Iglesias orientales como Iglesias particulares?
Su liturgia, su ordenamiento jurídico, su autonomía jerárquica y su patrimonio espiritual.
3. ¿Cuales son los derechos de las Iglesias Católicas orientales?.
Los mismos derecho, deberes y la misma dignidad del resto de las comunidades confiadas a l gobierno del Papa: derecho al predicación del evangelio por todo el mundo, bajo la autoridad papal, derecho a conservar y salvaguardar su patrimonio espiritual, regirse por su propia disciplina y estructura jerárquica y a conservar sus antiguos ritos..
4. ¿Qué elementos importantes resaltaría del decreto Orientalum Ecclesiarum?
Que la Iglesias Orientales son una riqueza para la Iglesia, con su liturgia y sus caracter+isticas, y hace de la Iglesia Católica una comunión de Iglesias con la misma dignidad, idénticos derechos y deberes, y confiadas por igual al gobierno pastoral del Papa.
5. ¿Cuál es el decreto del Concilio Vaticano II que aborda el tema de las comunicaciones sociales?
Es el Inter Mirifica
6. ¿Qué importancia da el decreto Inter Mirifica a las comunicaciones sociales?.
Le da una gran importancia, ya que el progreso de la humanidad hace que se pueda llegar con la Buena Nueva a más gentes y salvar más almas.
7. ¿Qué invitación hace el decreto Inter Mirifica a los hombres de buena voluntad respecto al uso de los medios de comunicación social?
La invitación que hace el decreto Inter Mirifica a los hombres de buena voluntad respecto al uso de los medios de comunicación social es a fomentar ante todo una prensa honesta, de manera que los fieles puedan ser imbuidos plenamente del espíritu cristiano. Pide que se promocione y se desarrolle también una prensa verdaderamente católica con la intención de formar, consolidar y promover una opinión pública en consonancia con la fe católica. Ahora esto está totalmente exacerbado y el santo Padre Benedicto XVI nos exhorta constantemente a utilizar los nuevos medios de comunicación para evangelizar, él mismo lo hace por redes sociales y hasta twitter.
delfigallo
 
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Re: Tema 12: Decretos, Parte V- Orientalium Ecclesiarum

Notapor gabriela pedrero » Jue Ene 17, 2013 8:40 pm

Hola a todos:

1.- ¿Que se entiende por Iglesias Católicas orientales?
Este aspecto ha sido nuevo para mi, ya que lo desconocía.
Dichas iglesias son comunidades eclesiales con jerarquía propia que comprenden varias Iglesias locales y se distinguen de grupos similares por su liturgia, su ordenamiento jurídico y su patrimonio espiritual. El elemento esencial de la misma es su autonomía jerárquica.
El plural advierte que no hay una sola Iglesia oriental, sino varias. Además, debido a que la expresión Iglesias Orientales era insuficiente porque designa tanto a las Iglesias separadas ortodoxas como a las católicas en plena comunión, se introdujo el término "católicas" para diferenciarlas de estas últimas, sobre las cuales el decreto legisla.

2.- ¿Qué caracteriza a las Iglesias orientales como Iglesias particulares?
Creo que lo respondí en la pregunta anterior: se distinguen por su liturgia, su ordenamiento jurídico y su patrimonio espiritual. El elemento esencial de la misma es su autonomía jerárquica.

3.- ¿Cuales son los derechos de las Iglesias Católicas orientales?.
Se reconoce a todas las Iglesias el mismo derecho en cuanto a la predicación del evangelio por todo el mundo, y el derecho a conservar el propio rito.

4.- ¿Qué elementos importantes resaltaría del decreto Orientalum Ecclesiarum?
Que la Iglesia Católica valora los ritos litúrgicos, las tradiciones eclesiásticas y el modo de vida cristiana de las Iglesias Orientales.
Que la Iglesia alaba la conservación del patrimonio espiritual de estas Iglesias contenido en la antigua disciplina sacramental y el culto divino.

5.- ¿Cuál es el decreto del Concilio Vaticano II que aborda el tema de las comunicaciones sociales?
El decreto "Inter Mirifica"

6.- ¿Qué importancia da el decreto Inter Mirifica a las comunicaciones sociales?
El Concilio da una gran importancia a los de los medios de comunicación, consciente en el influjo que produce en las personas para la salvación de las almas y en el progreso de la humanidad.
Hace reflexiones muy valiosas para una primera ética de la comunicación, y significa un primer paso ante otros documentos magisteriales que ahondarían en el tema con el paso del tiempo.
Respecto a la prensa el Concilio invita a fomentar ante todo una prensa honesta, de manera que los fieles puedan ser imbuidos plenamente del espíritu cristiano.

7.- ¿Qué invitación hace el decreto Inter Mirifica a los hombres de buena voluntad respecto al uso de los medios de comunicación social?
Nos invita a un recto uso de los mismos, haciendo un análisis de los derechos y deberes que se derivan de la existencia de los medios y de su naturaleza técnica e universalizante.

Con respecto a este punto vemos claramente que los medios de comunicación social actualmente son un medio muy eficaz para la Evangelización, tan es así que el Papa Benedicto XVI ha decidido aprovechar estos avances e incursionar en el Twiter para hacer llegar el mensaje de Cristo y millares de personas en el mundo.
gabriela pedrero
 
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Re: Tema 12: Decretos, Parte V- Orientalium Ecclesiarum

Notapor Trinidad Orona » Vie Ene 18, 2013 11:36 am

1. ¿ Que se entiende por Iglesias Católicas orientales?

Son Iglesias Orientales adheridas ala Iglesia Católicas con su propio rito pero que están sin embargo encomendadas por igual gobierno pastoral del Romano Pontífice, quien por voluntad Divina sucede a san Pedro en el primado sobre la Iglesia Universal. Tiene, por tanto, la misma dignidad de manera que ninguna aventaja a las demás por razón de rito y todas disfrutan de los mismos derechos, y están sujetas alas mismas obligaciones, incluso en lo referente ala predicación del Evangelio por todo el mundo, bajo la dirección del Romano Pontífice.

2. ¿ Qué caracteriza a las Iglesias orientales como Iglesias particulares?

Se distinguen por su liturgia, su ordenación jurídica y patrimonio espiritual.

3. ¿Cuales son los derechos de las Iglesias Católicas orientales?.

El derecho y el deber que tienen las Iglesia Orientales Católicas son :
Regirse por su propia disciplina y mantenerse la fidelidad ala propia tradición.

4. ¿Qué elementos importantes resaltaría del decreto Orientalum Ecclesiarum?

* Según la antiquísima tradición de la Iglesia los patriarcas de las Iglesias Orientales han de ser honrados de manera especial, puesto que cada uno preside su patriarcado como padre y cabeza del mismo. Por esto, este Santo Sínodo establece que sus decretos y privilegios sean restaurados según la antiguas tradiciones de cada Iglesia y los decretos ecuménicos.
*Restáurese las disciplinas referente al ministro del santo crisma, en vigor desde los tiempos mas remotos entre los orientales.
Todos los presbíteros orientales pueden conferir validamente este sacramento junto con el bautismo o separadamente, a todos los fieles de cualquier rito, sin excluir al latino.
*como diariamente conviven fieles de diversas Iglesias particulares en una misma región o territorio oriental, la facultad para oirá confesiones legítimamente concedida a los presbíteros propios jerarcas, y sin restricción alguna, se extienda a todo el territorio del que concede y también lugares y a los fieles de cualquier rito dentro de este mismo territorio, a no ser que el jerarca del lugar se opusiese expresamente en los que respecta a los lugares del rito.
*para que la antigua disciplina del orden vuelva a esta vigente en las Iglesia orientales este sacrosanto sínodo desea que se restaure la institución del diaconado permanente donde haya caído en desuso. En cuanto al subdiaconado las ordenes menores y sus respectivos derechos y obligaciones, provea la autoridad legislativa de cada Iglesia particular.
*Para evitar matrimonios inválidos, cuando católico oriental contrae matrimonio con bautizado oriental acatólico, y para proteger la estabilidad y santidad del matrimonio y la paz familiar, establece este santo sínodo que la forma canónica de la celebración de estos matrimonios obligue solo para la licitud; para la validez es suficiente la presencia de un ministro sagrado, siempre que se cumplan las demás normas por el derecho.
De ahora en adelante se reserva al Sínodos ecuménico o ala sede Apostólica la institución, traslación o la supresión de los días festivos comunes a todas las Iglesias orientales.
En cambio, para la institución, traslación o supresión de días festivos en cada una de las Iglesia particulares tiene competencia además de al Santa Sede, los Sínodos Patriarcales o arzobispales pero teniendo en cuenta toda la región y las demás Iglesias particulares
*Hasta que llegue le acuerdo de todos los cristianos sobre la fecha única en la que todos celebran la fiesta de la pascua, y para fomentar entre todo la unidad de los cristianos de la misma región o país, se encarga a los patriarcas o a las supremas autoridades eclesiásticas locales que consulten a todos aquellos a quienes interesa y se pongan unánimes de acuerdo para celebrar la pascua en un mismo domingo.
*Corresponde al patriarca con el Sínodo, o a la suprema autoridad de cada Iglesia con el consejo de los jerarcas, el derecho de reglamento en el uso de las lenguas en las sagradas acciones litúrgicas y también en el aprobar las traducciones de las lenguas vernáculas, después de haber presentado una relación ala Sede Apostólica.
*Corresponde alas Iglesias orientales que están en comunión con la Sede Apostólica Romana la especial misión de promover la unión de todos los cristiano, sobre todo os orientales, según los principios de este Santo Sínodo sobre el ecumenismo, en primer lugar con la oración, con el ejemplo de vida, con la escrupulosa fidelidad alas antiguas tradiciones orientales, con un mejor conocimiento mutuo, con la colaboración y la fraternal estima de instituciones y mentalidades.
*Supuestos los principios ya citados los sacramentos de la penitencia, eucaristía y unción de los enfermos pueden ser administrados a los orientales que de buena fe viven separados de la Iglesia Católica, con tal de que los pidan espontáneamente, y estén debidamente dispuestos; mas aun, también los católicos pueden pedir estos mismos sacramentos a ministros acatolicos en cuya Iglesia haya sacramentos validos, siempre que lo aconseje la necesidad o un verdadero provecho espiritual y sea física o moralmente imposible acudir a un sacerdote católico.


5. ¿Cuál es el decreto del Concilio Vaticano II que aborda el tema de las comunicaciones sociales?

El l decreto Inter Mirifica.

6. ¿Qué importancia da el decreto Inter Mirifica a las comunicaciones sociales?.

Hace una valoración somera pero solemne de la importancia del os medios de comunicación y justifica la atención que le presta el concilio, consciente en su influjo en la salvación de las almas y en el progreso de la humanidad

7. ¿Qué invitación hace el decreto Inter Mirifica a los hombres de buena voluntad respecto al uso de los medios de comunicación social?

*La Iglesia católica, fundada por Nuestro Señor Jesucristo para llevar la salvación a todos los hombres y, en consecuencia urgida por la necesidad de evangelizar, considera que es parte de su misión predicar el Evangelio de salvación también con la ayuda de los medios de comunicación social, y enseña a todos los hombres su recto uso.

*Compete a los sagrados pastores la tarea de instruir y gobernar a los fieles de modo que estos, sirviéndose de dichos medios, alcancen la salvación y la perfección propias y de todo el genero humano.
*Para el recto uso de los medios es absolutamente necesario que todos los que lo usan conozcan las normas del orden moral, sobre todo en lo que se refiere algunas cuestiones fuertemente debatidas.
*El recto ejercicio de este derecho exige que, en cuanto a su contenido, la comunicación sea siempre verdadera e integra, salvadas la justicia y la caridad. En cuanto al modo ha de ser honesta y conveniente, es decir, deben respetar escrupulosamente las leyes morales, los legítimos derechos y la dignidad del hombre, tanto en la busque da de la noticia como en su divulgación, porque no toda ciencia aprovecha, pero la caridad es constructiva.
*A que todos los miembros de la ociada cumplan sus deberes de justicia y caridad también en este campo.
Nos invita a todos os destinatarios-lectores, espectadores y oyentes que, por personal y libre elección, reciban las comunicaciones por estos medios, tenemos obligaciones peculiares.
*una recta elección exige, en efecto, que estos favorezcan plenamente todo lo que destaque la virtud, la ciencia y el arte, y eviten en cambio, todo lo que pueda ser causa y ocasión de daño espiritual.
*Los destinatarios sobre todo los mas jóvenes, han de acostumbrarse a ser moderados y disciplinados, en el uso de estos medios. Pongan además, empeño en entender a fondo o oído, lo visto o leído.
*A que el principal deber moral, en cuanto al recto uso de los medios de comunicación social, corresponde a periodistas, escritores, actores, artistas, productores, realizadores, exhibidores, distribuidores, directores y vendedores, a críticos y a cuantos a cuantos participan de algún modo en la realización y difusión de las comunicaciones resulta absolutamente evidente la gravedad e importancia de su trabajo en las actuales circunstancias de la humanidad, pues informado e incitado pueden conducir recta o indebidamente al genero humano.
*A la autoridad civil lo invita a llevar acabo sus deberes para el bien común. corresponde a dicha autoridad, en virtud de su propia función, defender y asegurar la verdadera y justa libertad de la información que la sociedad actual necesita absolutamente para su provecho, sobre todo lo que atañe ala prensa; fomentar la religión , las bellas artes, proteger a los destinatarios, esta obligado a procurar justa y celosamente, mediante la promulgación diligente cumplimiento de las leyes, que no se sigan daños a la moral publica y al progreso de la sociedad publica por el uso depravado de los medios de comunicación.
*Invita a fomentar la prensa honesta, de manera que los fieles puedan ser imbuidos plenamente del, espíritu cristiano. pide se cree y se desarrolle también una prensa verdaderamente católica, con la intención de formar y consolidar y promover, una opinión publica en consonancia con la fe Católica, por lo cual los fieles deben esta r advertidos de la necesidad de difundir y leer la prensa católica de manera que puedan formarse un juicio cristiano sobre todos los acontecimientos.
*hay una incitación a los profesionales católicos para que se junten en asociaciones profesionales, nacionales e internacionales
*Hay un apremio para que cada diócesis y en la curia romana se creen los organismos pertinentes capaces de canalizar la labor católica en y para los medios de comunicación.
*Invita a una jornada anual para encarecer a los fieles la importancia de los medios y solicitar su ayuda económica para iniciativas concretas en este campo.
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Re: Tema 12: Decretos, Parte V- Orientalium Ecclesiarum

Notapor Sury » Sab Ene 19, 2013 12:33 am

1. ¿Qué se entiende por Iglesias Católicas orientales?
Iglesias orientales, son testigos vivientes, por su venerable antigüedad, de aquella tradición de los padres, que arranca desde los Apóstoles, la cual constituye una parte de lo divinamente revelado y del patrimonio indiviso de la Iglesia universal.

2. ¿Qué caracteriza a las Iglesias orientales como Iglesias particulares?
Son aquellos fieles que unidos por el Espíritu Santo por la misma fe, sacramentos y por el mismo gobierno; forman parte del Cuerpo Místico de Cristo que es la Iglesia Católica, y se reúnen en varias agrupaciones unidas a la jerarquía. Aunque difieren algo entre sí por sus ritos, por su liturgia, disciplina eclesiástica y patrimonio espiritual, están encomendadas por igual al gobierno pastoral del Romano Pontífice, que sucede por institución divina a San Pedro en el primado sobre la Iglesia universal
3. ¿Cuales son los derechos de las Iglesias Católicas orientales?.
La protección y el incremento de todas las Iglesias particulares, establecimiento de parroquias y jerarquías propias
Mantener el patrimonio eclesiástico y espiritual en su debida y justa estima, como patrimonio de la Iglesia universal de Cristo.
Derecho y deber de regirse según sus respectivas disciplinas peculiares, como lo exijan su venerable antigüedad, a fin de que sean más congruentes con las costumbres de sus fieles y resulten más adecuadas para procurar el bien de las almas.
Conservar siempre sus legítimos ritos litúrgicos y su disciplina, y no deben introducir cambios sino por razón de su propio y orgánico progreso.
Establecimiento de casas o también provincias de rito oriental, en la medida de lo posible, para órdenes religiosas, asociaciones y fieles del rito latino que trabajan en las regiones orientales para una mayor eficacia del apostolado.
Igualdad en la dignidad patriarcal, honrados de una manera especial, puesto que cada uno preside su patriarcado como padre y cabeza del mismo.
Según la antiquísima tradición de la Iglesia, los Patriarcas de las Iglesias orientales han de ser honrados de una manera especial, puesto que cada uno preside su patriarcado como padre y cabeza del mismo.
Los Patriarcas con sus sínodos constituyen la última apelación para cualquier clase de asuntos de su patriarcado, sin excluir el derecho de erigir nuevas diócesis y de nombrar Obispos de su rito dentro de los límites de su territorio patriarcal.
Todos los presbíteros orientales pueden conferir válidamente el sacramento de la confirmación, junto o separado del bautismo, a todos los fieles de cualquier rito, incluso de rito latino, con tal que guarden, para su licitud, las normas del derecho general y particular, También los sacerdotes de rito latino que tengan la facultad para la administración de este sacramento.
Las licencias de los sacerdotes para confesar concedidas en forma ordinaria y sin restricciones por su correspondiente jerarca, se amplían a todo el territorio del que las concede, y también a los lugares y a los fieles de cualquier otro rito,
Se concede a los patriarcas o a las supremas autoridades locales la facultad de proceder unánimemente y de acuerdo con todos aquellos a quienes interesa celebrar la Pascua en una mismo domingo.
4. ¿Qué elementos importantes resaltaría del decreto Orientalum Ecclesiarum?
El reconocimiento a las Iglesias orientales
El pleno respeto y continuidad de sus ritos y tradiciones
La igualdad y mismos derechos que la Iglesia occidental.
La igualdad de derechos que contribuye la unidad de toda la Iglesia.
5. ¿Cuál es el decreto del Concilio Vaticano II que aborda el tema de las comunicaciones sociales?
El decreto Inter Mirifica
6. ¿Qué importancia da el decreto Inter Mirifica a las comunicaciones sociales?.
Los medios de comunicación utilizados de manera recta sirven a la Iglesia Católica para llevar a cabo su misión de evangelizar y predicar el mensaje de salvación. Es competencia de sus Pastores instruir a los fieles para que con la ayuda de estos medios , alcancen la perfección y la salvación.
7. ¿Qué invitación hace el decreto Inter Mirifica a los hombres de buena voluntad respecto al uso de los medios de comunicación social?
Invita sobre todo a los dirigentes de los medios de comunicación a que realicen un esfuerzo , para que estos sean utilizados rectamente, para el bien de la humanidad y que su misión sea para la gloria del Señor.
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Re: Tema 12: Decretos, Parte V- Orientalium Ecclesiarum

Notapor AMA PUERTO AREY » Lun Ene 21, 2013 12:32 am

1. ¿ Que se entiende por Iglesias Católicas orientales?
Dichas iglesias son comunidades eclesiales con jerarquía propia que comprenden varias Iglesias locales y se distinguen de grupos similares por su liturgia, su ordenamiento jurídico y su patrimonio espiritual. El elemento esencial de la misma es su autonomía jerárquica. El decreto, por tanto, presenta a la Iglesia Católica como una comunión de Iglesias con la misma dignidad, idénticos derechos y deberes, y confiadas por igual al gobierno pastoral del Papa.

2. ¿ Qué caracteriza a las Iglesias orientales como Iglesias particulares?
Se distinguen de grupos similares por su liturgia, su ordenamiento jurídico y su patrimonio espiritual. El elemento esencial de la misma es su autonomía jerárquica. El decreto, por tanto, presenta a la Iglesia Católica como una comunión de Iglesias con la misma dignidad, idénticos derechos y deberes, y confiadas por igual al gobierno pastoral del Papa.
3. ¿Cuales son los derechos de las Iglesias Católicas orientales?.
Se reconoce a todas las Iglesias el mismo derecho en cuanto a la predicación del evangelio por todo el mundo, quedando a competencia del Papa la coordinación de la actividad misionera de las distintas Iglesias. Para promover la colaboración entre las distintas Iglesias con jurisdicción en un mismo territorio se recomiendan reuniones periódicas entre las distintas jerarquías.
4. ¿Qué elementos importantes resaltaría del decreto Orientalum Ecclesiarum?
Se decreta el carácter provisional de las disposiciones jurídicas del decreto, hasta que se alcance la plena comunión entre la Iglesia Católica y las Iglesias orientales separadas. Invita finalmente a todos los cristianos a orar por la restauración de la unidad.
Se destaca la función especial de las iglesias orientales católicas en la tarea ecuménica, y la actitud que debe adoptar con los hermanos separados que retornan a la unidad católica, especialmente a los clérigos. Se fijan además los principios generales sobre la communicatio in sacris(130), y se especifican los sacramentos en los que se permite dicha intercomunión, que son la Eucaristía, la Penitencia y la Unción de los enfermos.
la creación, traslación y supresión de fiestas en las Iglesias particulares queda bajo la competencia, además de la Sede Apostólica, a los sínodos patriarcales o arzobispales, teniendo en cuenta la manera peculiar de ser de toda la región y de las otras Iglesias particulares.

Fija la obligación de asistir los domingos y días festivos a la Eucaristía o, según prescriben, a algunos ritos, y a la celebración de las alabanzas divinas. Otro punto importante lo encontramos en el restablecimiento del diaconado permanente.
Los patriarcados, con sus respectivos sínodos, son la instancia superior en los asuntos del patriarcado, salvo el derecho inalienable del Papa.

5. ¿Cuál es el decreto del Concilio Vaticano II que aborda el tema de las comunicaciones sociales?
Inter Mirifica

6. ¿Qué importancia da el decreto Inter Mirifica a las comunicaciones sociales?.
hace una valoración somera pero solemne de la importancia de los medios de comunicación y justifica la atención que le presta el Concilio, consciente en su influjo en la salvación de las almas y en el progreso de la humanidad.

7. ¿Qué invitación hace el decreto Inter Mirifica a los hombres de buena voluntad respecto al uso de los medios de comunicación social?

se exhorta a los fieles al uso de los medios de tal suerte que su utilización derive en favor de la sociedad y en alabanza y gloria de Dios (131) .
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Re: Tema 12: Decretos, Parte V- Orientalium Ecclesiarum

Notapor Gabriela Derbez » Lun Ene 21, 2013 2:49 pm

1. ¿Qué se entiende por Iglesias Católicas orientales?
El plural advierte que no hay una sola Iglesia oriental, se utiliza católicos para establecer que se habla de aquellas que están en plena comunión con la Iglesia católica

2. ¿Qué caracteriza a las Iglesias orientales como Iglesias particulares?
Las Iglesias particulares (128) o ritos. Dichas iglesias son comunidades eclesiales con jerarquía propia que comprenden varias Iglesias locales y se distinguen de grupos similares por su liturgia, su ordenamiento jurídico y su patrimonio espiritual. El elemento esencial de la misma es su autonomía jerárquica

3. ¿Cuáles son los derechos de las Iglesias Católicas orientales?
Predicar el Evangelio
Se recuerda aquí el derecho y deber que tienen las iglesias orientales católicas de regirse por su propia disciplina y mantener la fidelidad a la propia tradición.

4. ¿Qué elementos importantes resaltaría del decreto Orientalum Ecclesiarum?
El reconocimiento de sus ritos y tradiciones, como parte integral del patrimonio de la Iglesia católica.
Papel importantísimo que tienen en la tarea ecuménica con los hermanos separados

5. ¿Cuál es el decreto del Concilio Vaticano II que aborda el tema de las comunicaciones sociales?
Inter Mirifica
6. ¿Qué importancia da el decreto Inter Mirifica a las comunicaciones sociales?
El decreto hace una valoración somera pero solemne de la importancia de los medios de comunicación y justifica la atención que le presta el Concilio, consciente en su influjo en la salvación de las almas y en el progreso de la humanidad.

7. ¿Qué invitación hace el decreto Inter Mirifica a los hombres de buena voluntad respecto al uso de los medios de comunicación social?
A utilizarlos únicamente en bien de la sociedad humana cuya suerte depende cada vez más del recto uso de éstos.
Gabriela Derbez
 
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Re: Tema 12: Decretos, Parte V- Orientalium Ecclesiarum

Notapor jpernestoc » Mar Ene 22, 2013 8:24 am

1.- El decreto sobre las Iglesias orientales católicas es uno de los más breves de los documentos eclesiales junto con la Nostra Aetate.
Es un decreto por su carácter fundamentalmente disciplinar. El plural advierte que no hay una sola Iglesia oriental, sino varias. Además, debido a que la expresión Iglesias Orientales era insuficiente porque designa tanto a las Iglesias separadas ortodoxas como a las católicas en plena comunión, se introdujo el término "católicas" para diferenciarlas de estas últimas, sobre las cuales el decreto legisla.

2.- La primera sección trata de las Iglesias particulares o ritos. Dichas iglesias son comunidades eclesiales con jerarquía propia que comprenden varias Iglesias locales y se distinguen de grupos similares por su liturgia, su ordenamiento jurídico y su patrimonio espiritual. El elemento esencial de la misma es su autonomía jerárquica. El decreto, por tanto, presenta a la Iglesia Católica como una comunión de Iglesias con la misma dignidad, idénticos derechos y deberes, y confiadas por igual al gobierno pastoral del Papa.

3.- Trata de la salvaguarda del patrimonio espiritual de las Iglesias orientales. Se recuerda aquí el derecho y deber que tienen las iglesias orientales católicas de regirse por su propia disciplina y mantener la fidelidad a la propia tradición.

4- Confirma y aprueba la disciplina vigente en las Iglesias orientales. Reconoce a los presbíteros como ministros de la confirmación. Fija la obligación de asistir los domingos y días festivos a la Eucaristía o, según prescriben, a algunos ritos, y a la celebración de las alabanzas divinas. Otro punto importante lo encontramos en el restablecimiento del diaconado permanente.
El culto divino. En ella se determina la autoridad competente para la institución, traslado o supresión de las fiestas, estableciendo que la creación de ellos, la traslación o supresión se reserva exclusivamente al Concilio ecuménico o a la Sede Apostólica, la creación, traslación y supresión de fiestas en las Iglesias particulares queda bajo la competencia, además de la Sede Apostólica, a los sínodos patriarcales o arzobispales, teniendo en cuenta la manera peculiar de ser de toda la región y de las otras Iglesias particulares.

Se encomienda a los patriarcas y autoridades supremas que lleguen a acuerdos con las partes interesadas para celebrar el mismo día la fiesta de la Pascua; la celebración del Oficio divino y el uso de las lenguas en la liturgia.
El trato con los hermanos de las Iglesias separadas. Se destaca la función especial de las iglesias orientales católicas en la tarea ecuménica, y la actitud que debe adoptar con los hermanos separados que retornan a la unidad católica, especialmente a los clérigos. Se fijan además los principios generales sobre la communicatio in sacris, y se especifican los sacramentos en los que se permite dicha intercomunión, que son la Eucaristía, la Penitencia y la Unción de los enfermos.
En la conclusión se decreta el carácter provisional de las disposiciones jurídicas del decreto, hasta que se alcance la plena comunión entre la Iglesia Católica y las Iglesias orientales separadas. Invita finalmente a todos los cristianos a orar por la restauración de la unidad.
En continuidad con el decreto Orientalium Ecclesiarum se encuentra la Constitución apostólica Sacri canones, del Papa Juan Pablo II, en la cual se promulga el Código de los cánones de las Iglesias orientales.

5.- Se dedica a establecer las normas reguladoras del recto uso de los medios de comunicación. Se hace aquí un análisis de los derechos y deberes que se derivan de la existencia de los medios y de su naturaleza técnica y universalizante. Hace reflexiones muy valiosas para una primera ética de la comunicación, y significa un primer paso ante otros documentos magisteriales que ahondarían en el tema con el paso del tiempo. El derecho a la información queda sólida y solemnemente aceptado, y de ese derecho se desgranan los deberes que afectan a cada uno de los protagonistas de la comunicación: empresas, profesionales, Estados, y los espectadores como destinatarios del proceso comunicativo.

6- "Los medios de comunicación y el apostolado católico" abordan el fenómeno comunicativo y las responsabilidades que plantea a la acción pastoral de la Iglesia.
Respecto a la prensa el Concilio invita a fomentar ante todo una prensa honesta, de manera que los fieles puedan ser imbuidos plenamente del espíritu cristiano. Pide se cree y se desarrolle también una prensa verdaderamente católica con la intención de formar, consolidar y promover una opinión pública en consonancia con la fe católica, por lo cual los fieles deben estar advertidos de la necesidad de leer y difundir la prensa católica de manera que puedan formarse un juicio cristiano sobre todos los acontecimientos

7- Aparecen aquí delineados los primeros elementos de una pastoral de los medios y a través de los medios. Como piezas de esa pastoral hay un encarecimiento de la formación en los medios a las escuelas y centros de la Iglesia, seminarios incluidos. Hay una incitación a los profesionales católicos para que se junten en asociaciones profesionales, nacionales e internacionales. Hay un apremio para que en cada diócesis y en la Curia romana se creen los organismos pertinentes capaces de canalizar la labor católica en y para los medios de comunicación. Este conjunto de recomendaciones prácticas y de creación de estructuras culmina con la instauración, «en todas las diócesis del mundo», de una jornada anual para encarecer a los fieles la importancia de los medios y solicitar su ayuda económica para iniciativas concretas en este campo. Es esta la única jornada establecida por el Concilio.
En conclusión del decreto se promete una instrucción pastoral complementaria del decreto y se exhorta a los fieles al uso de los medios de tal suerte que su utilización derive en favor de la sociedad y en alabanza y gloria de Dios
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Re: Tema 12: Decretos, Parte V- Orientalium Ecclesiarum

Notapor A1F5 » Mar Ene 29, 2013 8:29 pm

¿Qué se entiende por Iglesias Católicas orientales
Que se le dio el nombre de católica (Universal l) para diferenciarlas de las Iglesias ortodoxas porque todas eran llamadas Orientales
¿Qué caracteriza a las Iglesias orientales como Iglesias particulares?
Que dichas iglesias son comunidades eclesiales y se distinguen de grupos similares por su liturgia, su ordenamiento jurídico y su patrimonio espiritual. Y el elemento esencial de la misma es su autonomía jerárquica.

¿Cuáles son los derechos de las Iglesias Católicas orientales?
Las Iglesias de Oriente, como las de Occidente, gozan del derecho y deber de regirse según sus respectivas disciplinas peculiares, como lo exijan su venerable antigüedad, sean más congruentes con las costumbres de sus fieles y resulten más adecuadas para procurar el bien de las almas. El decreto, por tanto, presenta a la Iglesia Católica como una comunión de Iglesias con la misma dignidad, idénticos derechos y deberes, y confiadas por igual al gobierno pastoral del Papa. Se reconoce a todas las Iglesias el mismo derecho en cuanto a la predicación del evangelio por todo el mundo, quedando en plenitud con el Papa .Los sacramentos confirma y aprueba la disciplina vigente. Reconoce a los presbíteros como ministros de la confirmación. Fija la obligación de asistir los domingos y días festivos a la Eucaristía

¿Qué elementos importantes resaltaría del decreto Orientalum Ecclesiarum?
Que se encomienda a los patriarcas y autoridades supremas que lleguen a acuerdos con las partes interesadas para celebrar el mismo día la fiesta de la Pascua
Se destaca la función especial de las iglesias orientales católicas en la tarea ecuménica, y la actitud que debe adoptar con los hermanos separados que retornan a la unidad católica, y se especifican los sacramentos que se permite dicha interconexión, que son la Eucaristía, la Penitencia y la Unción de los enfermos

¿Cuál es el decreto del Concilio Vaticano II que aborda el tema de las comunicaciones sociales?
(Inter Mirifica) Es el decreto del Concilio Vaticano II sobre los medios de comunicación social. Fue promulgado el 5 de diciembre de 1963 luego de obtener 1960 votos a favor, y 164 en contra, por lo que fue el decreto que obtuvo la mayor cantidad de votos negativos de todos los documentos conciliares

¿Qué importancia da el decreto Inter Mirifica a las comunicaciones sociales?
Una solemne importancia a los medios de comunicación y consciente en su influjo en la salvación de las almas y en el progreso de la humanidad. Para que el mensaje llegue a todos los rincones la necesidad de leer y difundir la prensa católica de manera que puedan formarse un juicio cristiano
sobre todos los acontecimientos y utilizar los medios de comunicación para que el mensaje de salvación llegue a todos los rincones tanto Orientales como Occidentales y enseñar a los hombres su recto uso. Y útiles para la educación cristiana y para toda su labor de salvación de las almas;

¿Qué invitación hace el decreto Inter Mirifica a los hombres de buena voluntad respecto al uso de los medios de comunicación social?
A una invitación a los profesionales católicos para que se junten en asociaciones profesionales, nacionales e internacionales para ayudar a los Obispos Padre con el mensaje de Jesucristo
Porque la madre Iglesia sabe, en efecto, que estos medios, si se utilizan rectamente, proporcionan valiosas ayudas al género humano,
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Re: Tema 12: Decretos, Parte V- Orientalium Ecclesiarum

Notapor osdalifernandez » Jue Ene 31, 2013 7:30 pm

1.¿Qué se entiende por Iglesias Católicas orientales? designa a las Iglesias orientales con jerarquía propia y se distinguen de grupos similares por su liturgia, su ordenamiento jurídico y su patrimonio espiritual.

2. ¿Qué caracteriza a las Iglesias orientales como Iglesias particulares? son comunidades eclesiales con jerarquía propia que comprenden varias Iglesias locales y se distinguen de grupos similares por su liturgia, su ordenamiento jurídico y su patrimonio espiritual. El elemento esencial de la misma es su autonomía jerárquica.

3. ¿Cuáles son los derechos de las Iglesias Católicas orientales? Se reconoce a todas las Iglesias el mismo derecho en cuanto a la misma dignidad, idénticos derechos y deberes, y confiadas por igual al gobierno pastoral del Papa. Tienen derecho a la predicación del evangelio por todo el mundo, quedando a competencia del Papa la coordinación de la actividad misionera de las distintas Iglesias. Para promover la colaboración entre las distintas Iglesias con jurisdicción en un mismo territorio se recomiendan reuniones periódicas entre las distintas jerarquías.

4. ¿Qué elementos importantes resaltaría del decreto Orientalum Ecclesiarum? La segunda sección trata de la salvaguarda del patrimonio espiritual de las Iglesias orientales.
La tercera sección se ocupa de los patriarcados orientales.
La cuarta sección trata de las disciplina de los sacramentos.
La quinta sección está dedicada al culto divino.
La última y sexta sección está dedicada al trato con los hermanos de las Iglesias separadas.
En la conclusión se decreta el carácter provisional de las disposiciones jurídicas del decreto, hasta que se alcance la plena comunión entre la Iglesia Católica y las Iglesias orientales separadas. Invita finalmente a todos los cristianos a orar por la restauración de la unidad.

5. ¿Cuál es el decreto del Concilio Vaticano II que aborda el tema de las comunicaciones sociales? Inter Mirifica

6. ¿Qué importancia da el decreto Inter Mirifica a las comunicaciones sociales? En su breve introducción, el decreto hace una valoración somera pero solemne de la importancia de los medios de comunicación y justifica la atención que le presta el Concilio, consciente en su influjo en la salvación de las almas y en el progreso de la humanidad.

7. ¿Qué invitación hace el decreto Inter Mirifica a los hombres de buena voluntad respecto al uso de los medios de comunicación social? En la conclusión del decreto se exhorta a los fieles al uso de los medios de tal suerte que su utilización derive en favor de la sociedad y en alabanza y gloria de Dios .
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Re: Tema 12: Decretos, Parte V- Orientalium Ecclesiarum

Notapor claudia corchado » Vie Feb 01, 2013 6:04 pm

Preguntas de reflexión que debes responder en los foros del curso

1. ¿ Que se entiende por Iglesias Católicas orientales?
La santa Iglesia católica, que es el Cuerpo místico de Cristo, consta de fieles que se unen orgánicamente en el Espíritu Santo por la misma fe, por los mismos sacramentos y por el mismo gobierno. Estos fieles, reuniéndose en varias agrupaciones unidas a la jerarquía, constituyen las Iglesias particulares o ritos. Estas Iglesias particulares, tanto de Oriente como de Occidente, aunque difieren algo entre sí por sus ritos (por su liturgia, disciplina eclesiástica y patrimonio espiritual), sin embargo, están encomendadas por igual al gobierno pastoral del Romano Pontífice, que sucede por institución divina a San Pedro en el primado sobre la Iglesia universal.

2. ¿ Qué caracteriza a las Iglesias orientales como Iglesias particulares?
Dichas iglesias son comunidades eclesiales con jerarquía propia que comprenden varias Iglesias locales y se distinguen de grupos similares por su liturgia, su ordenamiento jurídico y su patrimonio espiritual. El elemento esencial de la misma es su autonomía jerárquica.

3. ¿Cuales son los derechos de las Iglesias Católicas orientales?.
-Estas Iglesias particulares gozan de igual dignidad, de tal manera que ninguna de ellas aventaja a las demás por razón de su rito, y todas disfrutan de los mismos derechos y están sujetas a las mismas obligaciones, incluso en lo referente a la predicación del Evangelio por todo el mundo (cf. Mc 16,15), bajo la dirección del Romano Pontífice.
-Pueden, deben y gozan del derecho de conservar siempre sus legítimos ritos litúrgicos y su disciplina, y que no deben introducir cambios sino por razón de su propio y orgánico progreso.
-Según la antiquísima tradición de la Iglesia, los Patriarcas de las Iglesias orientales han de ser honrados de una manera especial, puesto que cada uno preside su patriarcado como padre y cabeza del mismo. Por eso, este santo Sínodo establece que sus derechos y privilegios sean restaurados según las tradiciones antiguas de cada Iglesia y los decretos de los concilios ecuménicos.

4. ¿Qué elementos importantes resaltaría del decreto Orientalum Ecclesiarum?
-Con el nombre de Patriarca oriental se designa el Obispo a quien compete la jurisdicción sobre todos los Obispos, sin exceptuar los Metropolitanos, sobre el clero y el pueblo del propio territorio o rito, de acuerdo con las normas del derecho y sin perjuicio del primado del Romano Pontífice.
-El santo Concilio ecuménico confirma y alaba la antigua disciplina sacramental que sigue aún en vigor en las Iglesias orientales, así como cuanto se refiere a la celebración y administración de los sacramentos.
-Están obligados los fieles orientales a asistir a la Divina Liturgia los domingos y días de fiestas o según las prescripciones o costumbres del propio rito, a la celebración del Oficio divino.
-En cuanto a los días festivos comunes a todas las Iglesias orientales, en adelante la creación de ellos, la traslación o supresión se reserva exclusivamente al Concilio ecuménico o a la Sede Apostólica.
-Para fomentar la unidad entre los cristianos de la misma región o país, se concede a los patriarcas o a las supremas autoridades locales la facultad de proceder unánimemente y de acuerdo con todos aquellos a quienes interesa celebrar la Pascua en una mismo domingo.
-Corresponde a las Iglesias orientales en comunión con la Sede Apostólica Romana, la especial misión de fomentar la unión de todos los cristianos, sobre todo de los orientales, según los principios acerca del ecumenismo, de este Santo Concilio, y lo harán primeramente con su oración, su ejemplaridad, la exacta fidelidad a las antiguas tradiciones orientales, un mutuo y mejor conocimiento, la colaboración y la fraterna estima de instituciones y mentalidades.
-Pueden administrarse los sacramentos de la penitencia, eucaristía y unción de los enfermos a los orientales que de buena fe viven separados de la Iglesia católica, con tal que los pidan espontáneamente y estén bien preparados; más aún, pueden también los católicos pedir los sacramentos a ministros acatólicos, en las Iglesias que tienen sacramentos válidos, siempre que lo aconseje la necesidad o un verdadero provecho espiritual y sea, física o moralmente, imposible acudir a un sacerdote católico.

5. ¿Cuál es el decreto del Concilio Vaticano II que aborda el tema de las comunicaciones sociales?
Inter Mirifica es el decreto del Concilio Vaticano II sobre los medios de comunicación social.

6. ¿Qué importancia da el decreto Inter Mirifica a las comunicaciones sociales?.
La madre Iglesia sabe que si estos medios se utilizan rectamente, proporcionan valiosas ayudas al género humano, puesto que contribuyen eficazmente a descansar y cultivar el espíritu y a propagar y fortalecer el Reino de Dios.

7. ¿Qué invitación hace el decreto Inter Mirifica a los hombres de buena voluntad respecto al uso de los medios de comunicación social?
Invita a todos los hombres de buena voluntad, sobre todo a aquellos que dirigen estos medios, a que se esfuercen por utilizarlos únicamente en bien de la sociedad humana cuya suerte depende cada vez más del recto uso de éstos.

Saludos a todos y que DIOS nos ayude a continuar en el curso.
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Re: Tema 12: Decretos, Parte V- Orientalium Ecclesiarum

Notapor mónica elizabeth » Sab Feb 02, 2013 2:41 pm

1. ¿QUÉ SE ENTIENDE POR IGLESIAS CATÓLICAS ORIENTALES?

Comunidades en plena comunión con Roma, que desarrollan su actividad en países orientales. Se consideran Iglesias Católicas, pero particulares y son distintas de la Iglesia Ortodoxa. En ellas, “brilla aquella tradición de los padres, que arranca desde los Apóstoles, la cual constituye una parte de lo divinamente revelado y del patrimonio indiviso de la Iglesia universal”.

2. ¿QUÉ CARACTERIZA A LAS IGLESIAS ORIENTALES COMO IGLESIAS PARTICULARES?

• Sus fieles se unen orgánicamente en el Espíritu Santo por la misma fe, por los mismos sacramentos y por el mismo gobierno.
• Tienen patriarcas.
• Tienen sacerdotes de rito oriental.
• Tienen liturgia propia.

3. ¿CUÁLES SON LOS DERECHOS DE LAS IGLESIAS CATÓLICAS ORIENTALES?

“Estas Iglesias particulares gozan de igual dignidad, de tal manera que ninguna de ellas aventaja a las demás por razón de su rito, y todas disfrutan de los mismos derechos y están sujetas a las mismas obligaciones, incluso en lo referente a la predicación del Evangelio por todo el mundo (cf. Mc 16,15), bajo la dirección del Romano Pontífice”.
El Decreto Orientalium Ecclesiarum declara que las Iglesias de Oriente, como las de Occidente, gozan del derecho y deber de regirse según sus respectivas disciplinas peculiares, como lo exijan su venerable antigüedad, sean más congruentes con las costumbres de sus fieles y resulten más adecuadas para procurar el bien de las almas.

4. ¿QUÉ ELEMENTOS IMPORTANTES RESALTARÍA DEL DECRETO ORIENTALUM ECCLESIARUM?

• El carácter transitorio de sus normas, lo cual deja claro el vivo deseo y la constante plegaria de la Iglesia Católica por la pronta unidad de todos los cristianos.
• El respeto a las características propias de las Iglesias Orientales.
• El reconocimiento y respeto a la institución del Patriarcado Oriental, sin detrimento de la autoridad del Romano Pontífice.
• La normativa referente a los Sacramentos.
• Cabe resaltar el hecho de que el Decreto establece la obligatoriedad de asistir a la Divina Liturgia los domingos, siendo que en los países orientales el domingo suele ser día hábil (porque en países de mayoría islámica, el día sagrado es el viernes y en Israel, el sábado); sin embargo, se prevén facilidades para que se cumpla este precepto a través de una normativa flexible.

5. ¿CUÁL ES EL DECRETO DEL CONCILIO VATICANO II QUE ABORDA EL TEMA DE LAS COMUNICACIONES SOCIALES?

Decreto Inter Mirifica.

6. ¿QUÉ IMPORTANCIA DA EL DECRETO INTER MIRIFICA A LAS COMUNICACIONES SOCIALES?

Suma importancia, pues reconoce la repercusión social y global de los medios de comunicación en la propagación de noticias, ideas y doctrinas de todo tipo. Asimismo, reconoce que éstos constituyen mecanismos que pueden prestar valiosas ayudas al género humano, contribuyendo eficazmente a descansar y cultivar el espíritu y a propagar y fortalecer el Reino de Dios.

7. ¿QUÉ INVITACIÓN HACE EL DECRETO INTER MIRIFICA A LOS HOMBRES DE BUENA VOLUNTAD RESPECTO AL USO DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL?

A hacer un uso recto de ellos, tanto por parte de quienes los utilizan para divulgar información como a sus receptores o destinatarios. Los primeros están llamados a observar las normas del orden moral para que lo transmitido no ocasione daño a los receptores y permita formar una correcta opinión pública; los segundos, por su parte, están obligados a formarse una recta conciencia respecto a la información que reciben.
El principio que debe prevalecer siempre en el uso de los medios de comunicación, es el de la salvaguarda del bien común.
El Decreto exhorta a los destinatarios más jóvenes de la comunicación a acostumbrarse a la disciplina y a la moderación en el uso de estos medios, lo cual cae de perlas en los tiempos actuales, que han sido totalmente transformados por el uso de las redes sociales, que aunque aportan una aparente cercanía a las personas, en muchos casos están absorbiendo la atención y el tiempo útil de los jóvenes, aislándolos del mundo real.
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Re: Tema 12: Decretos, Parte V- Orientalium Ecclesiarum

Notapor gatito_cs » Lun Feb 04, 2013 8:45 pm

1. ¿ Que se entiende por Iglesias Católicas orientales?
Dichas iglesias son comunidades eclesiales con jerarquía propia que comprenden varias Iglesias locales y se distinguen de grupos similares por su liturgia, su ordenamiento jurídico y su patrimonio espiritual. El elemento esencial de la misma es su autonomía jerárquica.

2. ¿ Qué caracteriza a las Iglesias orientales como Iglesias particulares?
Estas Iglesias particulares, tanto de Oriente como de Occidente, aunque difieren algo entre sí por sus ritos, como suele decirse, a saber, por su liturgia, disciplina eclesiástica y patrimonio espiritual, sin embargo, están encomendadas por igual al gobierno pastoral del Romano Pontífice, que sucede por institución divina a San Pedro en el primado sobre la Iglesia universal.

3. ¿Cuales son los derechos de las Iglesias Católicas orientales?.
Estas Iglesias particulares gozan, por tanto, de igual dignidad, de tal manera que ninguna de ellas aventaja a las demás por razón de su rito, y todas disfrutan de los mismos derechos y están sujetas a las mismas obligaciones, incluso en lo referente a la predicación del Evangelio por todo el mundo (cf. Mc 16,15), bajo la dirección del Romano Pontífice.

4. ¿Qué elementos importantes resaltaría del decreto Orientalum Ecclesiarum?
-Dichas iglesias son comunidades eclesiales
-Tienen autonomía jerarquica
-Deberes y derecho idénticos a la Iglesia Católica
-Todas las Iglesias tienen el mismo derecho a la predicación del evangelio
-Se debe conservar el propio rito
-Todos los patriarcas tienen la misma dignididad
-Fija la obligación de asistir los domingos y los días festivos a la Eucarística


5. ¿Cuál es el decreto del Concilio Vaticano II que aborda el tema de las comunicaciones sociales?
Inter Mirifica

6. ¿Qué importancia da el decreto Inter Mirifica a las comunicaciones sociales?.
La importancia de los medios de comunicación y justifica la atención que le presta el Concilio, consciente en su influjo en la salvación de las almas y en el progreso de la humanidad.

7. ¿Qué invitación hace el decreto Inter Mirifica a los hombres de buena voluntad respecto al uso de los medios de comunicación social?
Invita a fomentar ante todo una prensa honesta, de manera que los fieles puedan ser imbuidos plenamente del espíritu cristiano. Pide se cree y se desarrolle también una prensa verdaderamente católica con la intención de formar, consolidar y promover una opinión pública en consonancia con la fe católica, por lo cual los fieles deben estar advertidos de la necesidad de leer y difundir la prensa católica de manera que puedan formarse un juicio cristiano sobre todos los acontecimientos.
Aparecen aquí delineados los primeros elementos de una pastoral de los medios y a través de los medios. Como piezas de esa pastoral hay un encarecimiento de la formación en los medios a las escuelas y centros de la Iglesia, seminarios incluidos.
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Re: Tema 12: Decretos, Parte V- Orientalium Ecclesiarum

Notapor inesitareyna » Jue Feb 07, 2013 11:20 pm

TEMA 12 Orientalum Ecclesiarum

Orientalum Ecclesiarum
Inter Mirifica

1. ¿ Que se entiende por Iglesias Católicas orientales?

Son comunidades eclesiales con jerarquía propia que comprenden varias Iglesias locales y se distinguen de grupos similares por su liturgia, su ordenamiento jurídico y su patrimonio espiritual. El elemento esencial de la misma es su autonomía jerárquica.

2. ¿ Qué caracteriza a las Iglesias orientales como Iglesias particulares?
Las iglesias particulares tanto de Oriente como de Occidente aunque difieren algo entre sí por sus ritos, como suele decirse, a saber de su Liturgia, disciplina eclesiástica y patrimonio espiritual, sin embargo están encomendadas por igual al gobierno pastoral del Romano Pontífice que sucede por institución divina a San Pedro en el Primado sobre la Iglesia Universal, por tanto gozan de igual dignidad.

3. ¿Cuales son los derechos de las Iglesias Católicas orientales?

Se reconoce a todas las Iglesias el mismo derecho en cuanto a la predicación del evangelio por todo el mundo, quedando a competencia del Papa la coordinación de la actividad misionera de las distintas Iglesias. Para promover la colaboración entre las distintas Iglesias con jurisdicción en un mismo territorio se recomiendan reuniones periódicas entre las distintas jerarquías.

Respecto al paso de fieles de un rito a otro, el decreto indica que se debe conservar el propio rito, aunque puedan admitirse excepciones, en cuyo caso corresponde a la Sede Apostólica autorizarlas.

5. ¿Cuál es el decreto del Concilio Vaticano II que aborda el tema de las comunicaciones sociales?

El decreto Inter Mirifica.

6. ¿Qué importancia da el decreto Inter Mirifica a las comunicaciones sociales?

Respecto a la prensa el Concilio invita a fomentar ante todo una prensa honesta, de manera que los fieles puedan ser imbuidos plenamente del espíritu cristiano. Pide se cree y se desarrolle también una prensa verdaderamente católica con la intención de formar, consolidar y promover una opinión pública en consonancia con la fe católica, por lo cual los fieles deben estar advertidos de la necesidad de leer y difundir la prensa católica de manera que puedan formarse un juicio cristiano sobre todos los acontecimientos y se exhorta a los fieles al uso de los medios de tal suerte que su utilización derive en favor de la sociedad y en alabanza y gloria de Dios.

7. ¿Qué invitación hace el decreto Inter Mirifica a los hombres de buena voluntad respecto al uso de los medios de comunicación social?

Invita a que se esfuercen en utilizarlos en bien de la sociedad humana, cuya suerte depende cada día más del recto uso de aquellos.
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Re: Tema 12: Decretos, Parte V- Orientalium Ecclesiarum

Notapor inesitareyna » Jue Feb 07, 2013 11:20 pm

TEMA 12 Orientalum Ecclesiarum

Orientalum Ecclesiarum
Inter Mirifica

1. ¿ Que se entiende por Iglesias Católicas orientales?

Son comunidades eclesiales con jerarquía propia que comprenden varias Iglesias locales y se distinguen de grupos similares por su liturgia, su ordenamiento jurídico y su patrimonio espiritual. El elemento esencial de la misma es su autonomía jerárquica.

2. ¿ Qué caracteriza a las Iglesias orientales como Iglesias particulares?
Las iglesias particulares tanto de Oriente como de Occidente aunque difieren algo entre sí por sus ritos, como suele decirse, a saber de su Liturgia, disciplina eclesiástica y patrimonio espiritual, sin embargo están encomendadas por igual al gobierno pastoral del Romano Pontífice que sucede por institución divina a San Pedro en el Primado sobre la Iglesia Universal, por tanto gozan de igual dignidad.

3. ¿Cuales son los derechos de las Iglesias Católicas orientales?

Se reconoce a todas las Iglesias el mismo derecho en cuanto a la predicación del evangelio por todo el mundo, quedando a competencia del Papa la coordinación de la actividad misionera de las distintas Iglesias. Para promover la colaboración entre las distintas Iglesias con jurisdicción en un mismo territorio se recomiendan reuniones periódicas entre las distintas jerarquías.

Respecto al paso de fieles de un rito a otro, el decreto indica que se debe conservar el propio rito, aunque puedan admitirse excepciones, en cuyo caso corresponde a la Sede Apostólica autorizarlas.

5. ¿Cuál es el decreto del Concilio Vaticano II que aborda el tema de las comunicaciones sociales?

El decreto Inter Mirifica.

6. ¿Qué importancia da el decreto Inter Mirifica a las comunicaciones sociales?

Respecto a la prensa el Concilio invita a fomentar ante todo una prensa honesta, de manera que los fieles puedan ser imbuidos plenamente del espíritu cristiano. Pide se cree y se desarrolle también una prensa verdaderamente católica con la intención de formar, consolidar y promover una opinión pública en consonancia con la fe católica, por lo cual los fieles deben estar advertidos de la necesidad de leer y difundir la prensa católica de manera que puedan formarse un juicio cristiano sobre todos los acontecimientos y se exhorta a los fieles al uso de los medios de tal suerte que su utilización derive en favor de la sociedad y en alabanza y gloria de Dios.

7. ¿Qué invitación hace el decreto Inter Mirifica a los hombres de buena voluntad respecto al uso de los medios de comunicación social?

Invita a que se esfuercen en utilizarlos en bien de la sociedad humana, cuya suerte depende cada día más del recto uso de aquellos.
inesitareyna
 
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Re: Tema 12: Decretos, Parte V- Orientalium Ecclesiarum

Notapor tamy100 » Lun Mar 04, 2013 3:05 pm

TEMA 12 - Orientalum Ecclesiarum - Inter Mirifica

1. ¿ Que se entiende por Iglesias Católicas orientales?
R/ Se conoce actualmente con el nombre de Iglesias orientales católicas a las Iglesias cristianas orientales que reconocen la autoridad del papa deRoma, es decir, que son católicas, pero mantienen su organización y ritos particulares.
En el pasado fueron también llamadas uniatas, pero el término es hoy considerado despectivo e inexacto ya que refiere a las uniones parciales con laIglesia de Roma pero no puede aplicarse a las Iglesias que siempre han estado en comunión con el papa. En la actualidad, el término uniatas subsiste entre los ortodoxos y es rechazado por los propios católicos orientales.

2. ¿ Qué caracteriza a las Iglesias orientales como Iglesias particulares?
R/ Es Litúrgica, Evangélica, y Pentecostal.
Es litúrgica, porque tiene los 7 sacramentos y la Santa Misa.
Es Evangélica por que la máxima autoridad es la sagrada Biblia, interpretada a la luz de toda la sagrada Biblia.
Es Pentecostal porque creen que el Espíritu Santo es quien infunde la fortaleza para evangelizar. Y Él es quien transforma en discípulos verdaderos de Jesucristo.

3. ¿Cuáles son los derechos de las Iglesias Católicas orientales?.

R/ Para las Iglesias orientales se inició la codificación una vez terminada la latina, en el año 1929. Pero por diversos motivos, se fue dilatando. Después de 1945 se promulgaron diversas partes del Código oriental: el derecho matrimonial, el derecho procesal y otras. Después del Concilio Vaticano II se inició una nueva codificación, tanto latina como oriental. En el caso de los orientales el 18 de octubre de 1990, con la Constitución Apostólica Sacri Canones, el Papa Juan Pablo II promulgó el vigente CCEO.
El CCEO, en su canon 1, indica que sus cánones se refieren sólo a las Iglesias católicas orientales. Es una norma paralela a la del Código latino, también en su canon 1º. Y es que, aunque -como es lógico- responde a la misma fe y a la unidad sustancial de la Iglesia de régimen y sacramentos, entre ambas partes hay una variedad que forma parte de la belleza de la iglesia que Cristo fundó. Porque el Señor quiso que en la Iglesia haya unidad, pero no uniformidad. La variedad de los fieles cristianos se refiere también a la tradición espiritual en la que cada uno nacemos y desarrollamos y vivimos nuestra fe. Por eso, es una gran contribución a la unidad de la Iglesia que orientales y latinos conozcamos mutuamente nuestras tradiciones y las respetemos y amemos.

Desde el punto de vista organizativo, las Iglesias Orientales Católicas dependen de la Congregación para las Iglesias Orientales. Esta Congregación fue creada en1862 como sección de la Congregación de propaganda fide, para elevarse en 1917 a la categoría de Sagrada Congregación. El artículo 58 § 1 de la Constitución Apostólica Pastor Bonus determina las competencias de la Congregación para las Iglesias Orientales. Este es su tenor literal:
Artículo 58 § 1: La competencia de esta Congregación se extiende a todas las cuestiones que son propias de las Iglesias orientales y que han de remitirse a la Sede Apostólica, tanto sobre la estructura y ordenación de las Iglesias, como sobre el ejercicio de las funciones de enseñar, santificar y gobernar, así como sobre las personas, su estado, sus derechos y obligaciones. Ella se ocupa también de todo lo prescrito en los artículos 31 y 32 sobre las relaciones quinquenales y las visitas "ad Limina".
El párrafo 2º del mismo artículo deja a salvo de sus respectivos Dicasterios las competencias de las Congregaciones de la Doctrina de la Fe y de las Causas de los Santos, de la Penitenciaria Apostólica, del Tribunal Supremo de la Signatura Apostólica y del Tribunal de la Rota Romana, además de la competencia sobre el matrimonio rato y no consumado de la Congregación del Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos. Como se ve, a pesar de las salvedades, son criterios de atribución de competencias de gran amplitud.

4. ¿Qué elementos importantes resaltaría del decreto Orientalum Ecclesiarum?
R/ Presenta a la Iglesia Católica como una comunión de Iglesias con la misma dignidad, idénticos derechos y deberes, y confiadas por igual al gobierno pastoral del Papa.
La Iglesia católica respeta sus ritos litúrgicos, las tradiciones eclesiásticas y la disciplina de la vida cristiana de las Iglesias orientales, sin olvidar que no son entidades distintas y por tanto su patrimonio es patrimonio de toda la Iglesia.
La institución patriarcal es reconocida por los primeros Concilios Ecuménicos. Entre las instituciones propias de las Iglesias orientales es una de las más características.

5. ¿Cuál es el decreto del Concilio Vaticano II que aborda el tema de las comunicaciones sociales?
R/ El decreto Inter Mirifica

6. ¿Qué importancia da el decreto Inter Mirifica a las comunicaciones sociales?.
R/ Da a conocer en los medios de comunicación social una importancia única que difunde la salvación de las almas y en el progreso de la humanidad.

7. ¿Qué invitación hace el decreto Inter Mirifica a los hombres de buena voluntad respecto al uso de los medios de comunicación social?
R/ fomentar ante todo una prensa honesta, de manera que los fieles puedan ser imbuidos plenamente del espíritu cristiano. Pide se cree y se desarrolle también una prensa verdaderamente católica con la intención de formar, consolidar y promover una opinión pública en consonancia con la fe católica, por lo cual los fieles deben estar advertidos de la necesidad de leer y difundir la prensa católica de manera que puedan formarse un juicio cristiano sobre todos los acontecimientos.
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