por henryjpmatos » Dom Nov 15, 2015 7:57 pm
¿Cuáles son los libros Litúrgicos latinos tradicionales?
El Misal, que contiene todos los textos oficiales necesarios para la celebración del Santo Sacrificio de la Misa. Comprende la Ordenación General del Misal Romano, que es un texto muy denso, en el que se presenta la teología de la misa, la articulación del rito, los cometidos de cada uno de los ministros y de la asamblea, las normas para una correcta celebración y las posibilidades de una sana adaptación. Después de las Normas universales sobre el año litúrgico y sobre el calendario (extractadas del Calendarium Romanum), sigue el texto del Misal, dividido en propio del tiempo, propio de los santos, comunes, misas rituales, misas y oraciones ad diversa, misas votivas, misas de difuntos. El rito de la misa está colocado entre el propio del tiempo y el propio de los santos, y a su vez se distingue en rito para la celebración con el pueblo (misa normativa) y rito para la celebración sin el pueblo.
Hoy en día existen dos misales romanos para celebrar la misa de dos formas: la ordinaria y la extraordinaria. La primera se celebra con el Novus Ordo Missæ promulgado en 1969 por el papa Pablo VI, mientras que la segunda se celebra con el misal promulgado en 1570 por San Pío V, y revisado por última vez en 1962 por San Juan XXIII, esto en virtud de la motu proprio Summorum Pontificum, promulgado y publicado por SS Benedicto XVI, el 7 de julio de 2007, donde se conceden facilidades a los presbíteros para celebrar la llamada Misa Tridentina.
Como complemento opcional del Misal Romano, encontramos el Libro de la Sede, que contiene los elementos que el sacerdote pronuncia desde ese lugar (la sede): moniciones a la celebración, ritos iniciales, oración de los fieles, oración de post-comunión y monición final.
El Breviario o Liturgia de las Horas, reúne los salmos, antífonas, lecturas, versículos, responsorios, cánticos, himnos y oraciones de la Divina Alabanza de cada día. Está dividido en cuatro volúmenes: I. Tiempo de adviento y de navidad; II. Tiempo de cuaresma y de pascua; III. Tiempo ordinario (semanas 1-17); IV. Tiempo ordinario (semanas 18 - ¬34). En el primer volumen se encuentra la Ordenación General de la Liturgia de las Horas (OGLH) que, a semejanza de la OGMR, ilustra la teología, la espiritualidad, las diversas partes, los diversos elementos y cometidos de los ministros de la Liturgia de las Horas. Son dos las perspectivas nuevas de este libro:
1) Está destinado no sólo a sacerdotes, diáconos y religiososcon votos solemnes (que siguen teniendo la obligación de recitarlo), sino a toda la comunidad cristiana (religiosas y laicos);
2) se recomienda la celebración comunitaria, especialmente de las dos horas más importantes (laudes y vísperas).
Se espera todavía un quinto volumen que comprende himnos; cánticos de libre elección; oraciones sálmicas; textos para las celebraciones de vigilia, entre otros.
El Ritual, que es el manual sacerdotal que contiene las preces y fórmulas y ritos oficiales para la administración de los sacramentos y sacramentales, las procesiones clásicas y toda clase de bendiciones. Está publicado en los siguientes fascículos:
Ritual del bautismo de niños
Ritual de iniciación cristiana de adultos
Ritual de la penitencia
Rito de la sagrada comunión y del culto a la eucaristía fuera de la misa
Ritual del sacramento del matrimonio
Ritual de unción y de la pastoral de enfermos
Ritual de la profesión religiosa
Ritual de exequias
Bendicional
El Pontifical, que contiene los textos y rúbricas de ciertas funciones solemnes propias de los obispos, ordenado de esta forma:
Ritual de confirmación
Ritual de ordenación del diacono, del presbítero y del obispo
Ritual para instituir acólitos y admitir candidatos al diaconado y al presbiterado, y para la promesa de observar el celibato
Ritual de la consagración de vírgenes
Ritual de la bendición de un abad o abadesa
Ritual de la bendición del óleo de los catecúmenos y enfermos y de la consagración del crisma
Ritual de la dedicación de iglesias y altares
Ceremonial de los obispos.
El Leccionario, repartido en varios tomos, contiene las lecturas bíblicas de todo el año litúrgico, en tres ciclos anuales (A, B, C). Recoge lo más importante de la Biblia. Son lecturas muy bien escogidas y concuerdan con el espíritu del ciclo anual temporal y santoral, y particularmente dominical.
El Leccionario se halla dividido en varios tomos, según la edición oficial española:
* Tomos I, II, III (Ciclos dominicales y fiestas A, B, C)
* Tomo IV: Lecturas para las ferias del T.O “per annum”.
* Tomo V: Lecturas para el Propio y Común de los Santos y difuntos.
* Tomo VI: Misas Votivas y por diversas necesidades.
* Tomo VII: Lecturas para las ferias de Adviento-Navidad y Cuaresma-Pascua.
* Tomo VIII: Rituales.
* Tomo IX: Lecturas para las misas con niños.
* Tomo X: Lecturas para las misas votivas de la Virgen María.
*Evangelario.
Para el uso de los tomos IX y X, es necesaria la aprobación de la Conferencia Episcopal correspondiente.
La edición mexicana que publica la Obra Nacional de la Buena Prensa de los leccionarios es solo de tres volumenes:
*I. Leccionario I Adviento-Pentecostés
*II. Leccionario II Después de Pentecostés.
*III. Leccionario III Propio de los Santos, Misas Comunes, Misas Rituales, Misas por Diversas Necesidades, Misas Votivas, Misas de Difuntos.
El Oracional, es el libro de la oración de los fieles, que se reza después del Credo y donde elevamos nuestras peticiones por la Iglesia, por el mundo y por nuestras necesidades particulares.
Es un subsidio litúrgico de la máxima importancia, pues en sus oraciones se reafirman en forma orante las principales verdades de la fe (lex orandi lex credendi), se muestra a los fieles la situación real de la Iglesia y del mundo, y de modo consecuente se suscita las peticiones que han de ser elevadas a Dios con mayor insistencia y urgencia. La calidad doctrinal y orante de este libro da forma concreta en la Eucaristía a la voz suplicante de la Esposa de Cristo. La oración de la Iglesia es la fuerza más influyente en la historia del mundo.
Tomado de:
http://www.mercaba.org/LITURGIA/Gestos/libros liturgicos.htm
[color=#0040FF]https://es.wikipedia.org/wiki/Misal_romano
https://es.wikipedia.org/wiki/Leccionario
http://es.catholic.net/op/articulos/54675/cat/865/liturgia-1-la-oracion-de-los-fieles-edicion-espanola.html[/color
Hoy, ¿qué música sagrada permite la Iglesia?
La constitución Sacrosanto Concilium en el artículo 116 dice: “La Iglesia reconoce el canto gregoriano como el propio de la liturgia romana; en igualdad de circunstancias, por tanto, hay que darle el primer lugar en las acciones litúrgicas.
Los demás géneros de música sacra, y en particular la polifonía, de ninguna manera han de excluirse en la celebración de los oficios divinos, con tal que respondan al espíritu de la acción litúrgica a tenor del artículo 30”.
30. Para promover la participación activa se fomentarán las aclamaciones del pueblo, las respuestas, la salmodia, las antífonas, los cantos y también las acciones o gestos y posturas corporales. Guárdese, además, a su debido tiempo, un silencio sagrado.
Sin embargo, las expresiones musicales de los pueblos tienen su lugar:” Foméntese con empeño el canto religioso popular, de modo que en los ejercicios piadosos y sagrados y en las mismas acciones litúrgicas, de acuerdo con las normas y prescripciones de las rúbricas, resuenen las voces de los fieles” (SC, 118)
Así mismo dice: “Téngase en gran estima en la Iglesia latina el órgano de tubos, como instrumento musical tradicional, cuyo sonido puede aportar un esplendor notable a las ceremonias eclesiásticas y levantar poderosamente las almas hacia Dios y hacia las realidades celestiales. (SC, 120).
Entonces, bajo el nombre de “Música sacra” conocemos:
a) El canto gregoriano.
b) La polifonía sacra.
c) La música sacra moderna.
d) La música sacra para órgano.
e) El canto popular religioso.
f) La música religiosa.
El Canto Gregoriano
El canto gregoriano es el canto propio de la Iglesia romana, el sólo canto que ella ha heredado de los antiguos padres, que ha custodiado celosamente a lo largo de los siglos (...) que, como suyo, propone directamente a los fieles.
El canto gregoriano es el canto sacro propio y principal de la Iglesia romana. Por ello en todas las acciones litúrgicas, no sólo se puede usar, sino que, en paridad de condiciones, se le debe dar preferencia respecto de los otros géneros de música sacra.
Sin embargo, luego de la reforma litúrgica que trajo consigo el Concilio Vaticano II, el canto gregoriano, se quedo encerrado en los conventos y monasterios; dando paso, en catedrales y parroquias, un lugar dominante el canto popular religioso y la música religiosa. Al canto gregoriano le ha ocurrido lo mismo que le ocurrió al latín. A pesar de que Vaticano II nunca proscribió el gregoriano (ni el latín), la mal interpretación de la SC capítulo VI nos llevó a afirmar que el gregoriano está obsoleto, ya no sirve, hay que reemplazarlo por música nueva y moderna. Pensamos que lo pasado-viejo es malo, y que lo moderno-nuevo es bueno. Hemos caído en la trampa de pensar que el canto gregoriano, el que debe tener el primer lugar en las acciones litúrgicas, no “puede” cantarse. “Es muy difícil”, “no es movido”, “no es alegre”, “nos duerme”… estas expresiones son sólo algunas de las opiniones que muchos tienen sobre el canto propio de la liturgia romana, en la casi totalidad de nuestros países latinoamericanos. Y sin embargo, no podemos opinar objetivamente sobre un tipo de música al que no hemos estado expuestos con seriedad. ¿Cuántos cantos gregorianos hemos escuchado? ¿Cuántos conocemos?
La polifonía sacra
Es un tipo de textura musical en la que suenan simultáneamente múltiples voces melódicas que son en gran medida independientes o imitativas entre sí, de importancia similar y ritmos diversos. Por lo tanto, se diferencia de la música a una sola voz (monofonía) así como de la música con una voz dominante melódica acompañada por acordes (homofonía, melodía acompañada).
La polifonía occidental surgió a partir del organum melismático, la primera armonización del canto. Según ciertos autores, esto se debió a un deseo de efectuar un embellecimiento musical de la liturgia. De hecho, podemos considerar estas variaciones improvisadas como formas de tropos, donde aparecen al mismo tiempo nueva música y nuevos textos.
La música sacra moderna.
En la tradición de la música occidental, la música sacra (también llamada música sagrada y, en ocasiones, según la función y el contexto, música litúrgica) es toda música concebida para ser cantada, tocada o interpretada en los contextos litúrgicos o religiosos.
Originalmente la música sacra fue una forma de expresión musical nacida en Europa durante la Alta Edad Media (siglo V) y desarrollada como parte de los ritos cristianos de la época. Por extensión también es aplicable a las diferentes manifestaciones musicales religiosas de otros pueblos,
Desde su aparición hasta la actualidad, la música sacra occidental ha producido formas musicales tales como la misa, el réquiem, el Te Deum, el magníficat, el Stabat Mater, el oratorio, la cantata, el motete, el salmo o el villancico.
La historia de la música occidental tal y como se la conoce hoy en día comienza durante la Edad Media cuando la Iglesia católica incluyó ciertos cantos en latín en sus ceremonias y comenzó a utilizar símbolos escritos destinados a ser recordados como indicaciones musicales a la hora de ejecutar los cantos; a estos símbolos se les llamó médulas y sirvieron para el canto gregoriano, llamado antes canto llano, una selección de cantos litúrgicos.
La música sacra para órgano
En los primeros siglos la objeción de la Iglesia a la música instrumental se aplicó también a los órganos, lo cual no es sorprendente, si recordamos la asociación de los hydraulus con el teatro y el circo. Según Platina ("De vitis Pontificum", Colonia, 1593), el Papa San Vitaliano (657-72) introdujo el órgano al servicio de la iglesia. Esto, sin embargo, es muy dudoso. En todo caso, una fuerte objeción al órgano en el servicio de la iglesia se mantuvo bastante general hasta el siglo XII, que puede explicarse en parte por la imperfección del tono en los órganos de la época. Pero desde el siglo XII en adelante, el órgano se convirtió en el instrumento privilegiado, la majestad y el carácter desapasionado de su tono, lo hicieron el medio especialmente propicio para añadir solemnidad al culto divino.
De acuerdo a la legislación presente, se permite la música de órgano en todas las ocasiones alegres, tanto para piezas puramente instrumentales (voluntarios) y como acompañamiento. El órgano sólo puede incluso tomar el lugar de las voces en los versos alternos en la Misa o en el Oficio, siempre que el texto a ser tratado sea recitado por alguien en voz audible mientras se toca el órgano. Sólo el Credo se exceptúa de este tratamiento, y en todo caso se deben cantar el primer verso de cada canto y todos los versos en que se lleve a cabo alguna acción litúrgica como el "Te ergo quaesumus", el "Tantum ergo", el "Gloria Patri".
Con algunas excepciones, el órgano – así como cualquier instrumento – no se ha de tocar durante el Adviento y la Cuaresma. Puede ser tocado en el tercer domingo de Adviento (domingo de gaudete) y en el cuarto de Cuaresma (domingo de laetare) en la Misa y vísperas, el Jueves Santo en el Gloria, y el Sábado Santo, según los usos generales, después del Gloria. Por otra parte, puede ser tocado, incluso en el Adviento y la Cuaresma, en las fiestas solemnes de los santos y con motivo de cualquier celebración gozosa, como por ejemplo, la Comunión de los niños [S.R.C., 11 de mayo de 1878, 3448 (5728)]. Por otra parte, por una especie de indulto, al parecer, el órgano se admite, incluso en Cuaresma y Adviento, para apoyar el canto del coro, pero en este caso, debe cesar con el canto. Este permiso, sin embargo, no se extiende a los tres últimos días de la Semana Santa (SRC, 20 de marzo de 1903, 4009). En el Oficio de Difuntos se excluye la música de órgano; en las Misas de Réquiem, sin embargo, puede ser utilizado para el acompañamiento del coro, como antes.
Es conveniente tocar el órgano al comienzo y al final de la Misa, especialmente cuando un obispo entre solemnemente o sale de la iglesia. Si el órgano se toca durante la elevación, debe ser en tonos más suaves, pero parece que el silencio absoluto es más adecuado para este augusto momento. Lo mismo puede decirse sobre el acto de la bendición con el Santísimo Sacramento. Cabe señalar que la legislación de la Iglesia se refiere únicamente a los servicios litúrgicos. No tiene en cuenta las cosas como cantar en la Misa rezada o las devociones populares. Pero es conveniente, por supuesto, observar en tales ocasiones las instrucciones dadas para los servicios litúrgicos.
En los tiempos antiguos y en la temprana Edad Media el toque del órgano, por supuesto, se limitaba a la ejecución de una melodía. Pero no es improbable que los primeros intentos de música polifónica, de aproximadamente el siglo IX en adelante, se hicieron con el órgano, ya que estos intentos recibieron el nombre de organum. Han llegado algunas composiciones del siglo XIII bajo ese nombre sin ningún tipo de texto, y probablemente destinadas al órgano. En el siglo XIV se oye hablar de un famoso organista, el músico ciego Francesco Landino de Florencia, y en el XV de otro organista florentino, Squarcialupi. En este momento Konrad Paumann floreció en Alemania, algunas de cuyas composiciones todavía existen, y muestran la característica que distingue a la música de órganos, como toda música instrumental, de la música vocal, a saber, la disminución o la figuración, ornamentación, de las melodías. Con Paumann esta figuración se limita todavía a la melodía propiamente dicha, la parte superior. Con Claudio Merulo (1533-1604) nos encontramos la figuración extendida también a las partes de acompañamiento. Una obra más madura fue producida por Giovanni Gabrieli (1557-1612) en su "Canzone e Sonate" (1597 y 1615). Un mayor desarrollo de un verdadero estilo instrumental fue producido por Samuel Scheidt (1587 a 1654). A continuación siguen una serie de ilustres compositores para órgano, de los cuales podemos mencionar a Girolamo Frescobaldi (1583-1644), Johann Jacob Froberger (m. en 1667), Dietrich Buxtehude (m. 1707), y Johann Sebastian Bach (1685-1750), en cuyas manos la composición para órganos llegó a su punto más alto.
Después de Bach, el desarrollo general de la música, que se dirigió a una expresión más individual y una emoción constantemente variable, no fue favorable para las composiciones para órganos. En consecuencia, ninguno de los mejores hombres volvió su atención hacia el órgano, siendo las composiciones de Mendelssohn para el instrumento una excepción notable. En los tiempos modernos un gran número de compositores han escrito música respetable para el órgano, entre los cuales se pueden mencionar los franceses Guilmant y Widor y el alemán Rheinberger y Reger. Pero ninguno de ellos, con la posible excepción de Reger, se puede considerar como compositor de primera clase. La escasez de composiciones para órgano modernas realmente buenas ha llevado a los organistas al uso prolongado de los arreglos. Si estos arreglos se hacen con el debido respeto a la naturaleza del órgano, no se les puede objetar del todo. Pero es evidente que no representan el ideal de la música de órgano.
Se puede añadir una palabra sobre la situación local del órgano en la iglesia. Las consideraciones que determinan esta cuestión son tres: la proximidad del órgano a los cantantes, el efecto acústico y la adecuación arquitectónica. La combinación de estas tres reclamaciones en las iglesias existentes es causa frecuente de dificultad considerable. Por lo tanto, es deseable que en la planificación de las nuevas iglesias se les requiera a los arquitectos que provean un salón amplio para un órgano.
El canto popular religioso
El canto popular sagrado no se consideraba digno de la acción litúrgica ya que su texto era en lengua vernácula y, por lo tanto, se quedaba relegado a los ejercicios piadosos y devocionales. La encíclica Musicae sacrae (1955) reconoce el canto popular sagrado como un género independiente, pero lo considera aún como extra litúrgico: podía emplearse sólo «en las funciones no plenamente litúrgicas», o sea en los ejercicios piadosos. Pío XII definió por primera vez el canto popular sagrado como «aquél que brota espontáneamente del sentimiento religioso con que el Creador ha dotado a todos los seres humanos.» (De musica sacra et sacra liturgia n. 9) y añadió que algunas veces podía permitirse hasta en las funciones litúrgicas. Pero será el Concilio Vaticano II el que amplíe el concepto de música sagrada y dé a la música religiosa popular un estatuto integrado en la liturgia: «La Iglesia no excluye de las acciones litúrgicas ningún género de música sagrada, siempre que corresponda al espíritu de la misma acción litúrgica y a la naturaleza de cada una de sus partes, y no impida la debida participación del pueblo.» (MS 9). De acuerdo con este deseo del Concilio se compusieron numerosas canciones de música religiosa en lengua vernácula pero no siempre se atuvieron a los criterios de música sagrada y religiosa que exigía la Iglesia. Juan Pablo II, en una homilía dirigida a las Scholae Cantorum afirmó que «para que una música sea auténticamente sagrada es necesario que posea una predisposición adecuada a su finalidad sacramental y litúrgica, y sea, por lo tanto, ajena a la música destinada a otros fines.». Por tanto, no toda música sagrada puede ser usada en las celebraciones litúrgicas. Necesita poseer ulteriores requisitos, de naturaleza más externa, pero en ningún modo accidental, que se pueden resumir en el concepto de “funcionalidad litúrgica”.
La música religiosa
La definición se encuentra en la Instrucción de la Sagrada Congregación de Ritos De musica sacra et sacra liturgia (1958): «Música religiosa es cualquier música que, ya sea por la intención del compositor o por el tema y el propósito de la composición, es capaz de excitar sentimientos piadosos y religiosos [...] no está habilitada para el culto divino, tiene una índole más bien libre, y no está admitida en las acciones litúrgicas.» (n. 10). Posteriormente, la Instrucción de la Congregación para el Culto Divino sobre los Conciertos en las iglesias (1987) matiza lo anterior y dice que la música religiosa es «la que se inspira en un texto de la Sagrada Escritura, o en la Liturgia, o que se refiere a Dios, a la Santísima Virgen María, a los Santos o a la Iglesia.» (n. 9). Su utilidad consiste en «crear en las iglesias un ambiente de belleza y de meditación que ayude y favorezca una disponibilidad hacia los valores del espíritu, incluso entre aquellos que están alejados de la Iglesia.». Por lo tanto «pueden tener su propio lugar en la iglesia, pero fuera de las celebraciones litúrgicas.» (ib.).
Una música verdaderamente litúrgica es la que interpreta el sentido auténtico del rito, lo hace comprensible y, por lo tanto, permite y conduce a la implicación y a la "participación activa". Entre rito y música tiene que existir una relación directa, deben integrarse, compenetrarse mutua y necesariamente. Sólo así la música puede considerarse y convertirse en «parte necesaria e integral» de la liturgia. Del rito nace el hecho sonoro más adecuado y directamente relacionado con lo que se celebra; y como los ritos son muchos y de diferentes naturalezas, del mismo modo las expresiones musicales serán diversificadas con el fin de exaltar el contenido ritual. La correspondencia entre el contenido ritual y el signo que lo evidencia (la música) constituye lo que se denomina “funcionalidad litúrgica” o “liturgicidad”. Consecuentemente, una música es “funcional” cuando se adecúa exactamente al sentido del rito, lo traduce e interpreta fielmente. La música litúrgica, por tanto, necesita reunir unas características que incluyan el sensus Ecclesiae y el sensus Liturgiae.
Tomado de:
[color=#0040FF]http://liturmus.blogspot.com/
[color=#0040FF]https://es.wikipedia.org/wiki/Polifonía
https://es.wikipedia.org/wiki/Música sacra
http://ec.aciprensa.com/Organo
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