1. ¿A que se le llama pecado contra el Espíritu Santo? ¿Se puede obtener el perdón por este tipo de pecado?El único pecado que no tiene perdón es el pecado contra el Espíritu Santo. ¿Y en qué consiste este pecado? Consiste en cerrarse de mente y de corazón a la acción del Espíritu Santo (cfr. Lc. 12, 10). Y no se perdona, porque al no dejarse la persona influir por el Espíritu Santo, no puede arrepentirse, y sin arrepentimiento no puede haber perdón. En realidad el pecado contra el Espíritu Santo es el rechazo a la gracia de Dios y al arrepentimiento final: es el rechazo a Dios inclusive hasta el momento de la muerte.
Nos dice el
Catecismo de la Iglesia Católica:
1864 “El que blasfeme contra el Espíritu Santo no tendrá perdón nunca, antes bien será reo de pecado eterno” (Mc 3, 29; cf Mt 12, 32; Lc 12, 10). No hay límites a la misericordia de Dios,
pero quien se niega deliberadamente a acoger la misericordia de Dios mediante el arrepentimiento rechaza el perdón de sus pecados y la salvación ofrecida por el Espíritu Santo (cf DeV 46). Semejante endurecimiento puede conducir a la condenación final y a la perdición eterna.
Y la encíclica
DOMINUM ET VIVIFICANTEM de San Juan Pablo II
II Parte – El espíritu que convence al mundo en lo referente al pecado
6. El pecado contra el Espíritu Santo46. En el marco de lo dicho hasta ahora, resultan más comprensibles otras palabras, impresionantes y desconcertantes, de Jesús. Las podríamos llamar las palabras del «no-perdón». Nos las refieren los Sinópticos respecto a un pecado particular que es llamado «blasfemia contra el Espíritu Santo». Así han sido referidas en su triple redacción:
Mateo (Mt 12, 31-32): «Todo pecado y blasfemia se perdonará a los hombres, pero la blasfemia contra el Espíritu no será perdonada. Y al que diga una palabra contra el Hijo del hombre, se le perdonará; pero al que la diga contra el Espíritu Santo, no se le perdonará ni en este mundo ni en el otro».
Marcos (Mc 03, 28-29): «Se perdonará todo a los hijos de los hombres, los pecados y las blasfemias, por muchas que éstas sean. Pero el que blasfeme contra el Espíritu Santo, no tendrá perdón nunca, antes bien, será reo de pecado eterno».
Lucas (Lc 12, 10): «A todo el que diga una palabra contra el Hijo del hombre, se le perdonará; pero al que blasfeme contra el Espíritu Santo, no se le perdonará». »Por qué la blasfemia contra el Espíritu Santo es imperdonable?»Cómo se entiende esta blasfemia? Responde Santo Tomás de Aquino que se trata de un pecado «irremisible según su naturaleza, en cuanto excluye aquellos elementos, gracias a los cuales se da la remisión de los pecados».
Según esta exégesis
la «blasfemia» no consiste en el hecho de ofender con palabras al Espíritu Santo; consiste, por el contrario, en el rechazo de aceptar la salvación que Dios ofrece al hombre por medio del Espíritu Santo, que actúa en virtud del sacrificio de la Cruz. Si el hombre rechaza aquel «convencer sobre el pecado», que proviene del Espíritu Santo y tiene un carácter salvífico, rechaza a la vez la «venida» del Paráclito aquella «venida» que se ha realizado en el misterio pascual, en la unidad mediante la fuerza redentora de la Sangre de Cristo. La Sangre que «purifica de las obras muertas nuestra conciencia».Sabemos que un fruto de esta purificación es la remisión de los pecados.
Por tanto, el que rechaza el Espíritu y la Sangre permanece en las «obras muertas», o sea en el pecado. Y la blasfemia contra el Espíritu Santo consiste precisamente en el rechazo radical de aceptar esta remisión, de la que el mismo Espíritu es el íntimo dispensador y que presupone la verdadera conversión obrada por él en la conciencia. Si Jesús afirma que la blasfemia contra el Espíritu Santo no puede ser perdonada ni en esta vida ni en la futura, es porque esta «no-remisión» está unida, como causa suya, a la «no-penitencia», es decir al rechazo radical del convertirse. Lo que significa el rechazo de acudir a las fuentes de la Redención, las cuales, sin embargo, quedan «siempre» abiertas en la economía de la salvación, en la que se realiza la misión del Espíritu Santo. El Paráclito tiene el poder infinito de sacar de estas fuentes: «recibirá de lo mío», dijo Jesús. De este modo el Espíritu completa en las almas la obra de la Redención realizada por Cristo, distribuyendo sus frutos. Ahora bien la blasfemia contra el Espíritu Santo es el pecado cometido por el hombre, que reivindica un pretendido «derecho de perseverar en el mal» --en cualquier pecado-- y rechaza así la Redención El hombre encerrado en el pecado, haciendo imposible por su parte la conversión y, por consiguiente, también la remisión de sus pecados, que considera no esencial o sin importancia para su vida. Esta es una condición de ruina espiritual, dado que la blasfemia contra el Espíritu Santo no permite al hombre salir de su autoprisión y abrirse a las fuentes divinas de la purificación de las conciencias y remisión de los pecados.
47. La acción del Espíritu de la verdad, que tiende al salvífico «convencer en lo referente al pecado», encuentra en el hombre que se halla en esta condición una resistencia interior, como una impermeabilidad de la conciencia, un estado de ánimo que podría decirse consolidado en razón de una libre elección: es lo que la Sagrada Escritura suele llamar «dureza de corazón». En nuestro tiempo a esta actitud de mente y corazón corresponde quizás la pérdida del sentido del pecado, a la que dedica muchas páginas la Exhortación Apostólica Reconciliatio et paenitentia. Anteriormente el Papa Pío XII había afirmado que «el pecado de nuestro siglo es la pérdida del sentido del pecado» y esta pérdida está acompañada por la «pérdida del sentido de Dios». En la citada Exhortación leemos: «En realidad, Dios es la raíz y el fin supremo del hombre y éste lleva en sí un germen divino. Por ello, es la realidad de Dios la que descubre e ilumina el misterio del hombre. Es vano, por lo tanto, esperar que tenga consistencia un sentido del pecado respecto al hombre y a los valores humanos, si falta el sentido de la ofensa cometida contra Dios, o sea, el verdadero sentido del pecado». La Iglesia, por consiguiente, no cesa de implorar a Dios la gracia de que no disminuya la rectitud en las conciencias humanas, que no se atenúe su sana sensibilidad ante el bien y el mal. Esta rectitud y sensibilidad están profundamente unidas a la acción íntima del Espíritu de la verdad. Con esta luz adquieren un significado particular las exhortaciones del Apóstol: «No extingáis el Espíritu», «no entristezcáis al Espíritu Santo». Pero la Iglesia, sobre todo, no cesa de suplicar con gran fervor que no aumente en el mundo aquel pecado llamado por el Evangelio blasfemia contra el Espíritu Santo; antes bien que retroceda en las almas de los hombres y también en los mismos ambientes y en las distintas formas de la sociedad, dando lugar a la apertura de las conciencias, necesaria para la acción salvífica del Espíritu Santo. La Iglesia ruega que el peligroso pecado contra el Espíritu deje lugar a una santa disponibilidad a aceptar su misión de Paráclito, cuando viene para «convencer al mundo en lo referente al pecado, en lo referente a la justicia y en lo referente al juicio».
48. Jesús en su discurso de despedida ha unido estos tres ámbitos del «convencer» como componentes de la misión del Paráclito: el pecado, la justicia y el juicio. Ellos señalan la dimensión de aquel misterio de la piedad, que en la historia del hombre se opone al pecado, es decir al misterio de la impiedad. Por un lado, como se expresa San Agustín, existe el «amor de uno mismo hasta el desprecio de Dios»; por el otro, existe el «amor de Dios hasta el desprecio de uno mismo». La Iglesia eleva sin cesar su oración y ejerce su ministerio para que la historia de las conciencias y la historia de las sociedades en la gran familia humana no se abajen al polo del pecado con el rechazo de los mandamientos de Dios «hasta el desprecio de Dios», sino que, por el contrario, se eleven hacia el amor en el que se manifiesta el Espíritu que da la vida.
Los que se dejan «convencer en lo referente al pecado» por el Espíritu Santo, se dejan convencer también en lo referente a «la justicia y al juicio». EL Espíritu de la verdad que ayuda a los hombres, a las conciencias humanas, a conocer la verdad del pecado, a la vez hace que conozcan la verdad de aquella justicia que entró en la historia del hombre con Jesucristo. De este modo, los que «convencidos en lo referente al pecado» se convierten bajo la acción del Paráclito, son conducidos, en cierto modo, fuera del ámbito del «juicio»: de aquel «juicio» mediante el cual «el Príncipe de este mundo está juzgado». La conversión, en la profundidad de su misterio divino-humano, significa la ruptura de todo vínculo mediante el cual el pecado ata al hombre en el conjunto del misterio de la impiedad. Los que se convierten, pues, son conducidos por el Espíritu Santo fuera del ámbito del «juicio» e introducidos en aquella justicia, que está en Cristo Jesús, porque la «recibe» del Padre, como un reflejo de la santidad trinitaria. Esta es la justicia del Evangelio y de la Redención, la justicia del Sermón de la montaña y de la Cruz, que realiza la purificación de la conciencia por medio de la Sangre del Cordero. Es la justicia que el Padre da al Hijo y a todos aquellos, que se han unido a él en la verdad y en el amor. En esta justicia el Espíritu Santo, Espíritu del Padre y del Hijo, que «convence al mundo en lo referente al pecado» se manifiesta y se hace presente al hombre como Espíritu de vida eterna.
2. ¿Qué es la excomunión y en qué consiste?Es la censura principal y más severa, es una pena medicinal y espiritual que priva al cristiano culpable de toda participación en las bendiciones comunes de la sociedad eclesiástica. Siendo una pena, supone la culpabilidad; y siendo la pena más grave que la Iglesia puede infligir, naturalmente supone una ofensa muy grave. Es también una pena medicinal en lugar de vengativa, pues está destinada no tanto a castigar al culpable, sino a corregirlo y a traerlo de nuevo a la senda de la rectitud. Necesariamente, por lo tanto, contempla el futuro, ya sea para evitar la repetición de determinados actos culpables que tienen graves consecuencias externas, o, más especialmente, para inducir al delincuente a satisfacer las obligaciones contraídas por su ofensa. Su objeto y su efecto es la pérdida de la comunión, es decir, los beneficios espirituales compartidos por todos los miembros de la sociedad cristiana; por lo tanto puede afectar sólo a los que por el bautismo han sido admitidos en la sociedad.
Sin embargo, la excomunión se distingue de otras sanciones en que es la privación de todos los derechos derivados de la condición social del cristiano como tal. La persona excomulgada, no deja de ser cristiano, puesto que su bautismo no se puede borrar; sin embargo, puede considerarse como un exiliado de la sociedad cristiana y como no existente, por un tiempo al menos, en la vista de la autoridad eclesiástica. Pero tal exilio puede tener final (y la Iglesia lo desea), tan pronto como el ofensor haya dado satisfacción adecuada. Mientras tanto, su situación ante la Iglesia es la de un extraño. No podrá participar en el culto público, ni recibir el Cuerpo de Cristo o cualquiera de los Sacramentos. Por otra parte, si es un clérigo, le está prohibido administrar un rito sagrado, o ejercer un acto de autoridad espiritual.
Tomado de:
http://ec.aciprensa.com/wiki/Excomuni%C3%B3n 3. ¿A qué se le llama el Sujeto de la Reconciliación?El sujeto de este sacramento es todo bautizado que haya cometido algún pecado, mortal o venial (De fe definida en el Concilio de Trento: cfr. Dz. 911 y 917), que esté verdaderamente consciente de haber cometido la falta y de querer ser pedonado, además de prponerse a no volverla a cometer. Basta, por tanto, cualquier acción que tenga realidad de pecado, y no bastan, en cambio, otras acciones que no fueran al menos pecado venial, porque en ese caso propiamente no habría materia en el sacramento (p. ej., imperfecciones, descuidos, etc.).
Debe ser una persona bautizada porque el bautismo es la puerta de entrada a la Iglesia; si no lo hubiera recibido, esa persona no es apta para los otros sacramentos.
Y como, además, es necesario haber cometido pecado, mortal o venial, un fiel cristiano puede ser sujeto de este sacramento desde el uso de razón, cuando ya es capaz de responder de sus propios actos libres.
Tomado de;
http://www.mercaba.org/FICHAS/SACRAMENT ... tencia.htm4. ¿Cuáles son los dos elementos fundamentales que encontramos en la celebración del Sacramento de la Confesión?Uno de los elementos
son los actos que hace el penitente que quiere convertirse, gracias a la acción del Espíritu Santo, como son el arrepentimiento o contrición, la confesión de los pecados y el cumplimiento de la penitencia. El otro elemento es
la acción de Dios, por medio de los Obispos y los sacerdotes, la Iglesia perdona los pecados en nombre de Cristo, decide cual debe ser la penitencia, ora con el penitente y hace penitencia con él. (Cfr. CIC no.1148).
5. ¿Cuál es el fin del Sacramento de la Unción de los Enfermos?…tiene por fin conferir una gracia especial al cristiano que experimenta las dificultades inherentes al estado de enfermedad grave o de vejez. (CIC, 1527)
6. Explica brevemente la materia remota, la materia próxima y la forma del Sacramento de la Unción de los Enfermos.La materia remota:Es el óleo de oliva bendecido por el obispo en la Misa Crismal del Jueves Santo. Tambien puede ser otro tipo de Aceite “Vegetal”, bendecido por el sacerdote en el momento mismo de la administración del sacramento; esto aplica en el caso de una emergencia.
La materia próxima:Es la unción con el óleo en la frente y en las manos del enfermo.
La Forma:Son las palabras que pronuncia el ministro:
“Por esta santa unción, y por su bondadosa misericordia te ayude el Señor con la gracia del Espíritu Santo, para que, libre de tus pecados, te conceda la salvación y te conforte en tu enfermedad.” (SUI)
7. ¿Cuáles son las condiciones que debe cumplir el sujeto para recibir el Sacramento de la Unción de los Enfermos?Debe estar bautizado, tener uso de razón, pues hasta entonces es capaz de cometer pecados personales, razón por la cual no se les administra a niños menores de siete años.
Además previamente, debe haber participado del sacramento de la penitencia (SC, 74); tener la intención de recibirlo y manifestarla. Cuando enfermo ya no posee la facultad para expresarlo, pero mientras estuvo en pleno uso de razón, lo manifestó aunque fuera de manera implícita, si se puede administrar. Es decir, aquél que antes de perder sus facultades llevó una vida de práctica cristiana, se presupone que lo desea, pues no hay nada que indique lo contrario. Sin embargo, no se debe administrar en el caso de quien vive en un estado de pecado grave habitual, o a quienes lo han rechazado explícitamente antes de perder la conciencia. En caso de duda se administra "bajo condición”, su eficacia estará sujeta a las disposiciones del sujeto.
Para administrarlo no hace falta que el peligro de muerte sea grave y seguro, lo que si es necesario es que se deba a una enfermedad o vejez. En ocasiones es conveniente que se reciba antes de una operación que implique un gran riesgo para la vida de una persona.
Luego de administrado éste sacramento, es por obligación recibir el santo viático (SC, 74).