por leher » Lun May 14, 2012 12:44 pm
1. ¿Cómo se entiende la resurrección del cuerpo como la realidad del mundo futuro?
La resurrección consistirá en la perfecta participación de todo lo que el hombre es corporal a lo que en él es espiritual. Al mismo tiempo consistirá en la perfecta realización de lo que en el hombre es personal. Una vez resucitados, estaremos en situación de realizar no sólo una imagen de la comunión divina, sino que realizaremos totalmente la comunión divina en nosotros y, en consecuencia, plenamente la significación esponsal de nuestro cuerpo.
2. ¿Qué significan las palabras de Cristo (Mt 19, 11-12) sobre la continencia por el Reino de los Cielos?
dice Juan Pablo II, se puede afirmar que no sólo el matrimonio nos ayuda a entender la continencia por el reino de los cielos, sino también que la misma continencia arroja una luz particular sobre el matrimonio visto en el misterio de la creación y de la redención. Dice Juan Pablo II, la continencia por el Reino de los cielos, la elección de la virginidad o del celibato para toda la vida, se han convertido, en la experiencia de los discípulos y de los fieles de Cristo, en el acto de una respuesta particular al amor del Esposo divino y, en virtud de ello, han adquirido la significación de un acto de amor conyugal: es decir, de una entrega conyugal de nosotros mismos, con el fin de responder de manera particular al amor conyugal del Redentor: una entrega de sí entendida como renuncia, pero sobre todo hecha por amor.
En definitiva -dice Juan Pablo II-, la naturaleza de uno y otro amor es amor [en la continencia o en el matrimonio] es "esponsaIicia", es decir, expresada a través del don total de sí. Uno y otro amor tienden a expresar el significado esponsalicio del cuerpo, que "desde el principio" está grabado en la misma estructura personal del hombre y de la mujer
3. ¿Por qué el texto de la carta a los Efesios (5, 21-33) es la coronación de las verdades de la Sagrada Escritura?
Juan Pablo II considera útil precisar, en primer lugar, el modo correcto de interpretar el mandato que da san Pablo en esta carta a los efesios: «Las mujeres deben someterse en todo a sus maridos, como al Señor» (Ef. 5, 22). El Papa dice a este respecto que «al expresarse así, el autor no intenta decir que el marido es "amo" de la mujer y que el contrato interpersonal propio del matrimonio es un contrato de dominio del marido sobre la mujer. En cambio, expresa otro concepto: esto es, que la mujer, en su relación con Cristo -que es para los dos cónyuges el único Señor- puede y debe encontrar la motivación de esa relación con el marido, que brota de la esencia misma del matrimonio y de la familia. Sin embargo, esta relación no es sumisión unilateral. El matrimonio, según la doctrina de la Carta a los Efesios, excluye ese componente del contrato que gravaba y, a veces, no cesa de gravar sobre esta institución. En efecto, el marido y la mujer están "sujetos los unos a los otros», están mutuamente subordinados. La fuente de esta sumisión recíproca está en la pietas cristiana, y su expresión es el amor. El amor ciertamente hace que simultáneamente también el marido esté sujeto a la mujer, y sometido en esto al Señor mismo, igual que la mujer al marido.
4. ¿Cómo descubre el matrimonio el misterio oculto por las edades (Ef 1, 3-4)?
Nuestros desposorios humanos están llamados a ser imagen y semejanza de los desposorios de Cristo con la Iglesia, con la gracia del sacramento se convierte en la imagen de los desposorios redentores de Cristo con la Iglesia. (No me quedo muy clara la pregunta)
5. ¿Cómo se relaciona el “lenguaje del cuerpo” con la realidad del signo en la promesa marital?
El matrimonio como sacramento, dice el Papa, se contrae mediante la palabra, que es signo sacramental en razón de su contenido: ´Te tomo a ti como esposa -como esposo- y prometo serte fiel, en las alegrías y en las penas, en la salud y en la enfermedad, y amarte y honrarte todos los días de mi vida: Sin embargo, está palabra sacramental es de por sí sólo el signo de la celebración del matrimonio. Y la celebración del matrimonio se distingue de su consumación hasta el punto de que, sin esta consumación, el matrimonio no está todavía constituido en su plena realidad. La constatación de que un matrimonio se ha contraído jurídicamente, pero no se ha consumado (ratum - non consummatum), corresponde a la constatación de que no se ha constituido plenamente como matrimonio. En efecto, las palabras mismas Te quiero a ti como esposa -esposo-´ se refieren no sólo a una realidad determinada, sino que puede realizarse sólo a través de la cópula conyugal.
Afma. en Cristo y la Virgen María
Diana A. Leura Hernández