por Trinidad Orona » Vie Ene 18, 2013 11:36 am
1. ¿ Que se entiende por Iglesias Católicas orientales?
Son Iglesias Orientales adheridas ala Iglesia Católicas con su propio rito pero que están sin embargo encomendadas por igual gobierno pastoral del Romano Pontífice, quien por voluntad Divina sucede a san Pedro en el primado sobre la Iglesia Universal. Tiene, por tanto, la misma dignidad de manera que ninguna aventaja a las demás por razón de rito y todas disfrutan de los mismos derechos, y están sujetas alas mismas obligaciones, incluso en lo referente ala predicación del Evangelio por todo el mundo, bajo la dirección del Romano Pontífice.
2. ¿ Qué caracteriza a las Iglesias orientales como Iglesias particulares?
Se distinguen por su liturgia, su ordenación jurídica y patrimonio espiritual.
3. ¿Cuales son los derechos de las Iglesias Católicas orientales?.
El derecho y el deber que tienen las Iglesia Orientales Católicas son :
Regirse por su propia disciplina y mantenerse la fidelidad ala propia tradición.
4. ¿Qué elementos importantes resaltaría del decreto Orientalum Ecclesiarum?
* Según la antiquísima tradición de la Iglesia los patriarcas de las Iglesias Orientales han de ser honrados de manera especial, puesto que cada uno preside su patriarcado como padre y cabeza del mismo. Por esto, este Santo Sínodo establece que sus decretos y privilegios sean restaurados según la antiguas tradiciones de cada Iglesia y los decretos ecuménicos.
*Restáurese las disciplinas referente al ministro del santo crisma, en vigor desde los tiempos mas remotos entre los orientales.
Todos los presbíteros orientales pueden conferir validamente este sacramento junto con el bautismo o separadamente, a todos los fieles de cualquier rito, sin excluir al latino.
*como diariamente conviven fieles de diversas Iglesias particulares en una misma región o territorio oriental, la facultad para oirá confesiones legítimamente concedida a los presbíteros propios jerarcas, y sin restricción alguna, se extienda a todo el territorio del que concede y también lugares y a los fieles de cualquier rito dentro de este mismo territorio, a no ser que el jerarca del lugar se opusiese expresamente en los que respecta a los lugares del rito.
*para que la antigua disciplina del orden vuelva a esta vigente en las Iglesia orientales este sacrosanto sínodo desea que se restaure la institución del diaconado permanente donde haya caído en desuso. En cuanto al subdiaconado las ordenes menores y sus respectivos derechos y obligaciones, provea la autoridad legislativa de cada Iglesia particular.
*Para evitar matrimonios inválidos, cuando católico oriental contrae matrimonio con bautizado oriental acatólico, y para proteger la estabilidad y santidad del matrimonio y la paz familiar, establece este santo sínodo que la forma canónica de la celebración de estos matrimonios obligue solo para la licitud; para la validez es suficiente la presencia de un ministro sagrado, siempre que se cumplan las demás normas por el derecho.
De ahora en adelante se reserva al Sínodos ecuménico o ala sede Apostólica la institución, traslación o la supresión de los días festivos comunes a todas las Iglesias orientales.
En cambio, para la institución, traslación o supresión de días festivos en cada una de las Iglesia particulares tiene competencia además de al Santa Sede, los Sínodos Patriarcales o arzobispales pero teniendo en cuenta toda la región y las demás Iglesias particulares
*Hasta que llegue le acuerdo de todos los cristianos sobre la fecha única en la que todos celebran la fiesta de la pascua, y para fomentar entre todo la unidad de los cristianos de la misma región o país, se encarga a los patriarcas o a las supremas autoridades eclesiásticas locales que consulten a todos aquellos a quienes interesa y se pongan unánimes de acuerdo para celebrar la pascua en un mismo domingo.
*Corresponde al patriarca con el Sínodo, o a la suprema autoridad de cada Iglesia con el consejo de los jerarcas, el derecho de reglamento en el uso de las lenguas en las sagradas acciones litúrgicas y también en el aprobar las traducciones de las lenguas vernáculas, después de haber presentado una relación ala Sede Apostólica.
*Corresponde alas Iglesias orientales que están en comunión con la Sede Apostólica Romana la especial misión de promover la unión de todos los cristiano, sobre todo os orientales, según los principios de este Santo Sínodo sobre el ecumenismo, en primer lugar con la oración, con el ejemplo de vida, con la escrupulosa fidelidad alas antiguas tradiciones orientales, con un mejor conocimiento mutuo, con la colaboración y la fraternal estima de instituciones y mentalidades.
*Supuestos los principios ya citados los sacramentos de la penitencia, eucaristía y unción de los enfermos pueden ser administrados a los orientales que de buena fe viven separados de la Iglesia Católica, con tal de que los pidan espontáneamente, y estén debidamente dispuestos; mas aun, también los católicos pueden pedir estos mismos sacramentos a ministros acatolicos en cuya Iglesia haya sacramentos validos, siempre que lo aconseje la necesidad o un verdadero provecho espiritual y sea física o moralmente imposible acudir a un sacerdote católico.
5. ¿Cuál es el decreto del Concilio Vaticano II que aborda el tema de las comunicaciones sociales?
El l decreto Inter Mirifica.
6. ¿Qué importancia da el decreto Inter Mirifica a las comunicaciones sociales?.
Hace una valoración somera pero solemne de la importancia del os medios de comunicación y justifica la atención que le presta el concilio, consciente en su influjo en la salvación de las almas y en el progreso de la humanidad
7. ¿Qué invitación hace el decreto Inter Mirifica a los hombres de buena voluntad respecto al uso de los medios de comunicación social?
*La Iglesia católica, fundada por Nuestro Señor Jesucristo para llevar la salvación a todos los hombres y, en consecuencia urgida por la necesidad de evangelizar, considera que es parte de su misión predicar el Evangelio de salvación también con la ayuda de los medios de comunicación social, y enseña a todos los hombres su recto uso.
*Compete a los sagrados pastores la tarea de instruir y gobernar a los fieles de modo que estos, sirviéndose de dichos medios, alcancen la salvación y la perfección propias y de todo el genero humano.
*Para el recto uso de los medios es absolutamente necesario que todos los que lo usan conozcan las normas del orden moral, sobre todo en lo que se refiere algunas cuestiones fuertemente debatidas.
*El recto ejercicio de este derecho exige que, en cuanto a su contenido, la comunicación sea siempre verdadera e integra, salvadas la justicia y la caridad. En cuanto al modo ha de ser honesta y conveniente, es decir, deben respetar escrupulosamente las leyes morales, los legítimos derechos y la dignidad del hombre, tanto en la busque da de la noticia como en su divulgación, porque no toda ciencia aprovecha, pero la caridad es constructiva.
*A que todos los miembros de la ociada cumplan sus deberes de justicia y caridad también en este campo.
Nos invita a todos os destinatarios-lectores, espectadores y oyentes que, por personal y libre elección, reciban las comunicaciones por estos medios, tenemos obligaciones peculiares.
*una recta elección exige, en efecto, que estos favorezcan plenamente todo lo que destaque la virtud, la ciencia y el arte, y eviten en cambio, todo lo que pueda ser causa y ocasión de daño espiritual.
*Los destinatarios sobre todo los mas jóvenes, han de acostumbrarse a ser moderados y disciplinados, en el uso de estos medios. Pongan además, empeño en entender a fondo o oído, lo visto o leído.
*A que el principal deber moral, en cuanto al recto uso de los medios de comunicación social, corresponde a periodistas, escritores, actores, artistas, productores, realizadores, exhibidores, distribuidores, directores y vendedores, a críticos y a cuantos a cuantos participan de algún modo en la realización y difusión de las comunicaciones resulta absolutamente evidente la gravedad e importancia de su trabajo en las actuales circunstancias de la humanidad, pues informado e incitado pueden conducir recta o indebidamente al genero humano.
*A la autoridad civil lo invita a llevar acabo sus deberes para el bien común. corresponde a dicha autoridad, en virtud de su propia función, defender y asegurar la verdadera y justa libertad de la información que la sociedad actual necesita absolutamente para su provecho, sobre todo lo que atañe ala prensa; fomentar la religión , las bellas artes, proteger a los destinatarios, esta obligado a procurar justa y celosamente, mediante la promulgación diligente cumplimiento de las leyes, que no se sigan daños a la moral publica y al progreso de la sociedad publica por el uso depravado de los medios de comunicación.
*Invita a fomentar la prensa honesta, de manera que los fieles puedan ser imbuidos plenamente del, espíritu cristiano. pide se cree y se desarrolle también una prensa verdaderamente católica, con la intención de formar y consolidar y promover, una opinión publica en consonancia con la fe Católica, por lo cual los fieles deben esta r advertidos de la necesidad de difundir y leer la prensa católica de manera que puedan formarse un juicio cristiano sobre todos los acontecimientos.
*hay una incitación a los profesionales católicos para que se junten en asociaciones profesionales, nacionales e internacionales
*Hay un apremio para que cada diócesis y en la curia romana se creen los organismos pertinentes capaces de canalizar la labor católica en y para los medios de comunicación.
*Invita a una jornada anual para encarecer a los fieles la importancia de los medios y solicitar su ayuda económica para iniciativas concretas en este campo.