por G+J » Mar Oct 19, 2010 10:02 pm
¿Qué significa, en realidad, el concepto de paternidad responsable en la sana teología y en el auténtico Magisterio de la Iglesia?
Que la transmisión de la vida, como todas la cosas humanas de gran monta, debe estar guiada por un juicio recto, por una decisión ponderada de llamar un hijo o nuevos hijos a la existencia, o también, llegado el caso, de no llamarlos por el momento.
Según Pablo VI: “el amor conyugal exige a los esposos una conciencia de su misión de ´paternidad responsable´ sobre la que hoy tanto se insiste con razón y que hay que comprender exactamente. Hay que considerarla bajo diversos aspectos legítimos y relacionados entre sí” (HV, 10).
La definía con precisión Carlo Caffarra al decir: “la procreación responsable es el acto de la voluntad con el cual dos esposos deciden poner las condiciones de la concepción de una nueva persona humana, en un contexto en el cual prudentemente se presume que la persona del (posible) concebido será respetada en sus derechos fundamentales”. Y continuaba: “De este concepto derivan:
1º La procreación responsable no es un concepto negativo, sino positivo […] define desde el punto de vista ético cómo debe moverse la voluntad humana hacia esta bondad presente en el acto sexual. Sólo como consecuencia dice cómo no debe moverse: es decir, cuándo no procrear.
2º La voluntad de un bien no tiene necesidad de ninguna justificación extrínseca al hecho puro y simple de querer un bien. Es necesario justificar lo contrario: no querer un bien. Se deben tener razones para no procrear, no para procrear. Los esposos deben retener que son llamados a procrear, mientras no se demuestre lo contrario”
Decía la Gaudium et spes que los cónyuges:
* “De común acuerdo y común esfuerzo, se formarán un juicio recto, atendiendo tanto a su propio bien personal como al bien de los hijos, ya nacidos o todavía por venir, discerniendo las circunstancias de los tiempos y del estado de vida, tanto materiales como espirituales; y, finalmente, teniendo en cuenta el bien de la comunidad familiar, de la sociedad temporal y de la propia Iglesia”
* “En su modo de obrar, los esposos cristianos sean conscientes de que no pueden proceder a su antojo, sino que siempre deben regirse por la conciencia, la cual ha de ajustarse a la ley divina misma, dóciles al Magisterio de la Iglesia, que interpreta auténticamente esa ley a la luz del Evangelio”
El Papa Juan Pablo II afirmaba categóricamente: “Hay que excluir aquí que pueda ser calificada de ´responsable´, desde el punto de vista ético, la procreación en la que se recurre a la anticoncepción para realizar la regulación de la natalidad.
Analiza lo que implica la paternidad responsable en la Humanae vitae.
1º El conocimiento y respeto de los procesos biológicos de la procreación (descubrir con la inteligencia las leyes biológicas que forman parte de la persona y que se ordenan a dar la vida). Los esposos deben esforzarse por conocer su íntima naturaleza.
2º El dominio de la inteligencia y de la voluntad sobre las pasiones y las tendencias del instinto en lo que tiene que ver con la vida sexual. Implica adquirir las virtudes morales (castidad, dominio de sí, etc.).
3º Atendiendo a las palabras textuales de la encíclica, “ya sea... la deliberación ponderada y generosa de tener una familia numerosa, ya sea... la decisión, tomada por graves motivos y en el respeto por la ley moral, de evitar un nuevo nacimiento durante algún tiempo o por tiempo indefinido”, sólo en última instancia se señala como ejercicio de la paternidad y maternidad responsables la decisión respecto del número de hijos o la regulación de la natalidad, y lo hace en términos que hay que pesar:
a) Puede tratarse, ante todo, de una decisión ponderada y generosa de tener una familia numerosa. Juan Pablo II decía:
“En la concepción de la ´paternidad responsable´ está contenida la disposición no solamente a evitar ´un nuevo nacimiento´, sino también a hacer crecer la familia según los criterios de la prudencia”.
“Es preciso que se establezca este nivel justo teniendo en cuenta no sólo el bien de la propia familia y estado de salud y posibilidades de los mismos cónyuges, sino también el bien de la sociedad a que pertenecen, de la Iglesia y hasta de la humanidad entera. La encíclica Humanae vitae presenta la ´paternidad responsable´ como expresión de un alto valor ético... supone también la disponibilidad a acoger una prole más numerosa”.
b) También puede tratarse de una decisión de evitar un nuevo nacimiento (durante algún tiempo o por tiempo indefinido); decisión que debe ser tomada:
(i) por graves motivos;
(ii) y en el respeto de la ley moral; Por eso dice Juan Pablo II:
“Bajo esta luz, desde la cual es necesario examinar y decidir la cuestión de la ´paternidad responsable´, queda siempre como central ´el orden moral objetivo, establecido por Dios, cuyo fiel intérprete es la recta conciencia´”.
“... La paternidad responsable, o sea... la regulación de la fertilidad moralmente recta, se trata de lo que es el bien verdadero de las personas humanas y de lo que corresponde a la verdadera dignidad de la persona”.
Reflexión: Qué importante beber de las fuentes del Magisterio de nuestra Madre la Iglesia para comprender lo que Dios quiere de nosotros… ¡Qué audaz fue el Papa Pablo VI al dejarnos un legado que traspasa las fronteras del tiempo!
Qué hermoso descubrir (de la mano de Juan Pablo II en sus “Catequesis sobre el amor humano”) la grandeza de la vocación conyugal como Misterio de filiación, esponsalidad y paternidad.